Mañana, 10 de abril, entra en vigor la nueva ley de multirreincidencia
Una respuesta ante las disfunciones del sistema penal, que veía “entrar y salir” a los pequeños delincuentes
(Imagen: E&J)
Mañana, 10 de abril, entra en vigor la nueva ley de multirreincidencia
Una respuesta ante las disfunciones del sistema penal, que veía “entrar y salir” a los pequeños delincuentes
(Imagen: E&J)
La Ley Orgánica 1/2026, de 8 de abril, en materia de multirreincidencia, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal, aprobada por Real Decreto de 14 de septiembre de 1882, o más comúnmente ya conocida como la nueva ley de multirreincidencia, quedó definitivamente aprobada en la cámara baja el pasado día 27 de marzo de 2026 después de un largo peregrinaje como proposición de ley iniciado en 2024 en el Congreso y sujeto a algunas enmiendas por el senado.
Como excepción a la generalidad de las normas publicadas en el BOE, esta normativa establece su entrada en vigor al día siguiente de su publicación (Disposición Final Cuarta) por lo que, a partir del 10 de abril de 2026, los delitos cometidos serán enjuiciados bajo esta nueva normativa (Disposición transitoria).
La multirreincidencia en los delitos contra el patrimonio ha sido los últimos años el caballa de batalla del legislador español, siendo que se hallaría lidiando entre la proporcionalidad de las penas por delitos leves —o de poca entidad— y la búsqueda de una adecuada y contundente respuesta que solventara las disfunciones en el sistema penal que veía “entrar y salir” a los pequeños delincuentes poniendo en jaque tanto el sistema policial como judicial del país.
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