Connect with us
Legislación

Nueva normativa sobre accesibilidad de productos y servicios

El 28 de junio entra en vigor la transposición de la Directiva (UE) 2019/882, con retos de interpretación y adaptación

(Imagen: E&J)

Tiempo de lectura: 2 min

Publicado




Legislación

Nueva normativa sobre accesibilidad de productos y servicios

El 28 de junio entra en vigor la transposición de la Directiva (UE) 2019/882, con retos de interpretación y adaptación

(Imagen: E&J)

El próximo 28 de junio, dentro de un mes, entrará en vigor la transposición de la Directiva (UE) 2019/882 sobre accesibilidad de productos y servicios, también conocida como la Ley Europea de Accesibilidad.

Esta norma, que transpone al ordenamiento jurídico interno la Directiva (UE) 2019/882, relativa a los requisitos de accesibilidad aplicables a determinados productos y servicios, a través del Real Decreto-ley 1/2024, de 10 de enero, supone un hito normativo en materia de accesibilidad universal y protección de los derechos de las personas con discapacidad, ya que establece requisitos mínimos de accesibilidad para productos y servicios de la UE con el objetivo de promover una sociedad más inclusiva y garantizar la no discriminación de este colectivo.



La norma establece obligaciones específicas para operadores económicos respecto a productos como terminales de autoservicio, lectores de libros electrónicos, equipos informáticos y smartphones, así como para la prestación de servicios esenciales como el transporte, la banca, el comercio electrónico o los servicios de comunicación.

Se impone un marco armonizado a nivel europeo que, además de mejorar la inclusión social, introduce implicaciones relevantes en materia de contratación pública, etiquetado, evaluación de la conformidad y supervisión del mercado.

(Imagen: E&J)

Esta nueva regulación, que incorpora varias enmiendas propuestas por el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), aunque pretende reforzar y hacer más exigentes los contenidos de la Directiva en el ámbito nacional, también plantea desafíos interpretativos y de adaptación para el sector privado, especialmente en lo que respecta a plazos de cumplimiento y coordinación entre autoridades competentes.

La aplicación de Ley será obligatoria para los productos y servicios nuevos introducidos en el mercado a partir del 28 de junio de 2025, no obstante, la propia norma establece excepciones y plazos transitorios para productos y servicios introducidos antes de esa fecha, como es el funcionamiento de los terminales de autoservicio, los cuales podrán mantenerse hasta el final de su vida útil con un plazo límite máximo de 20 años desde su instalación.

SUSCRÍBETE A NUESTRA NEWSLETTER

  • tiktok

Copyright © 2025 , powered by Economist & Jurist.