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Legislación

Se publican los requisitos zoosanitarios de los animales y de los productos de la acuicultura

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Legislación

Se publican los requisitos zoosanitarios de los animales y de los productos de la acuicultura



Orden AAA/1581/2014, de 28 de agosto, por la que se modifica el anexo IV del Real Decreto 1614/2008, de 3 de octubre, relativo a los requisitos zoosanitarios de los animales y de los productos de la acuicultura, así como a la prevención y el control de determinadas enfermedades de los animales acuáticos.

 



El Real Decreto 1614/2008, de 3 de octubre, relativo a los requisitos zoosanitarios de
los animales y de los productos de la acuicultura, así como a la prevención y el control de
determinadas enfermedades de los animales acuáticos, incorporó a nuestro ordenamiento
la Directiva 2006/88/CE, del Consejo, de 24 de octubre de 2006, relativa a los requisitos
zoosanitarios de los animales y de los productos de la acuicultura, y a la prevención y el
control de determinadas enfermedades de los animales acuáticos.

 



 



El anexo IV de dicho real decreto fue modificado por la Orden AAA/275/2013, de 18
de febrero, con objeto de incorporar al ordenamiento jurídico español las modificaciones
establecidas por la Directiva de Ejecución 2012/31/UE, de la Comisión, de 25 de octubre
de 2012, por la que se modifica el anexo IV de la Directiva 2006/88/CE del Consejo en lo
relativo a la lista de especies de peces sensibles a la septicemia hemorrágica vírica y la
supresión de la entrada correspondiente al síndrome ulceroso epizoótico.
En el mes de mayo de 2013, la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) modificó el
capítulo 10.5 del Código Sanitario para los Animales Acuáticos en lo que respecta a la anemia
infecciosa del salmón, listada en el anexo IV del Real Decreto 1614/2008, de 3 de octubre,
como enfermedad no exótica. Con arreglo a dicha revisión, se designa a la anemia infecciosa
del salmón como una infección por genotipo HPR con deleción o por genotipo HPR0 del género
Isavirus, de la familia Orthomyxoviridae, considerándose la detección de ambos genotipos
de notificación obligatoria de conformidad con los artículos 1.3.1 y 10.5.1 del código acuático de
la OIE. A raíz de ello, se publicó la Directiva de Ejecución 2014/22/UE, de la Comisión, de 13
de febrero de 2014, por la que se modifica el anexo IV de la Directiva 2006/88/CE del Consejo
con respecto a la anemia infecciosa del salmón (AIS).
A efectos del Real Decreto 1614/2008, de 3 de octubre, la anemia infecciosa del
salmón debe definirse como una infección por genotipo HPR con deleción del género
Isavirus, de forma que sólo las infecciones por dicho genotipo cumplen los criterios
establecidos en la sección B de la parte I del anexo IV de la Directiva 2006/88/CE, del
Consejo, de 24 de octubre de 2006, debiendo por lo tanto incluirse en el anexo IV del
citado Real Decreto 1614/2008, de 3 de octubre, las infecciones por dicho genotipo.
En consecuencia, procede incorporar a nuestro ordenamiento jurídico la citada Directiva
de Ejecución 2014/22/UE, de la Comisión, de 13 de febrero de 2014, lo que conlleva la
modificación consiguiente del anexo IV del Real Decreto 1614/2008, de 3 de octubre.
Razones de seguridad jurídica aconsejan, dado el alcance de las modificaciones, la
substitución del anexo IV en su totalidad.
Esta orden se dicta al amparo de la habilitación prevista en la disposición final cuarta
del Real Decreto 1614/2008, de 3 de octubre, que faculta al Ministro de Medio Ambiente,
y Medio Rural y Marino, actual Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente,
para modificar, en el ámbito de sus respectivas competencias, el contenido de los anexos
del mismo para su adaptación a la normativa de la Unión Europea.
En la elaboración de esta disposición han sido consultadas las comunidades
autónomas y las entidades representativas de los sectores afectados.

Puede leer el texto completo de la norma en www.bdifusion.es
 

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