No cabe percibir el complemento por aportación demográfica en la pensión si la pareja ya percibe una reducción por brecha de género
El derecho del progenitor al complemento por aportación demográfica de su pensión de jubilación debe ajustarse proporcionalmente

(Imagen: E&J)
No cabe percibir el complemento por aportación demográfica en la pensión si la pareja ya percibe una reducción por brecha de género
El derecho del progenitor al complemento por aportación demográfica de su pensión de jubilación debe ajustarse proporcionalmente

(Imagen: E&J)
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha unificado doctrina tras estimar, revocando con ello las sentencias de instancia, el recurso de casación presentado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) que solicitaban se declarase el derecho de un progenitor a percibir el complemento por aportación demográfica de su pensión de jubilación, reducido en proporción al complemento que la otra progenitora, su pareja, percibe por la reducción de la brecha de género.
Según consta en la sentencia (cuyo contenido puedes consultar pinchando en ‘descargar resolución’) la cuestión a analizar giraba entorno a determinar si el derecho del progenitor al complemento por aportación demográfica de su pensión de jubilación debía percibirse en su totalidad o si, por el contrario, debía minorarse en atención a que la otra progenitora ya recibía un beneficio por la reducción de la brecha de género en su propia pensión.
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