Ética Progresista
Ética Progresista
Se ha profundizado en la aplicación práctica de las modificaciones procesales del RDL 6/2023 con Domingo Andrés Sánchez, magistrado del Juzgado de lo Social 25 de Barcelona; y Ana Isabel Masero, LAJ del Juzgado de lo Social 19 de Barcelona, en una mesa moderada por Ramon Alexandre Salvat, abogado y vocal de la Sección de Derecho Laboral. (Imagen: ICAB)
Ética Progresista
AUTOR: Pedro Francisco Gago Guerrero
Ed. Difusión Jurídica
Págs.: 294
El autor defiende que el progresismo es un tipo de nihilismo, creador de una Ética constructivista con la pretensión de vaciar a la persona de la conciencia natural, sustituyéndola por una conciencia social basada en una fe inmanente, asentada en la tecno-ciencia. A partir de ella se configurará un orden-desorden artificial, mezcla de diferentes corrientes que son la base del humanitarismo. Esta Ética convierte al individuo en un nonato sucesivo, atrapado en una transformación constante; a las sociedades a caracterizarse por un individualismo extremo y un igualitarismo social, creando un modo de pensar que logra la desaparición del logos y que el individuo asuma que la nada constituye su ser como conjunto de actos aparentes.
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