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Sánchez podría, con otra proposición de ley, acortar los tiempos de la instrucción penal y frenar a García-Castellón y a Aguirre

El presidente plantea volver al sistema anterior al 2020 donde las instrucciones las controlaba el fiscal, quien autorizaría las prórrogas de ciertos asuntos

Pedro Sánchez quiere que se acorten las instrucciones y frenar la actividad de jueces como García-Castellón y Aguirre (Imagen: Congreso de los Diputados)

Luisja Sánchez

Periodista jurídico




Tiempo de lectura: 8 min

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Sánchez podría, con otra proposición de ley, acortar los tiempos de la instrucción penal y frenar a García-Castellón y a Aguirre

El presidente plantea volver al sistema anterior al 2020 donde las instrucciones las controlaba el fiscal, quien autorizaría las prórrogas de ciertos asuntos

Pedro Sánchez quiere que se acorten las instrucciones y frenar la actividad de jueces como García-Castellón y Aguirre (Imagen: Congreso de los Diputados)



El Gobierno de Pedro Sánchez impulsó en 2020 un aumento de los tiempos de instrucción de sumarios judiciales -que está en vigor- que revirtió una reforma previa del Partido Popular y que ahora el jefe del Ejecutivo no descarta revertir en el marco de la polémica por la investigación del ‘caso Tsunami’.

Sánchez se refirió a esta cuestión en una entrevista este lunes en La Sexta, donde fue preguntado sobre si, en el marco de la negociación de la ley de amnistía, una opción que baraja el Ejecutivo es ofrecer a Junts acortar los tiempos de instrucción judiciales.



El presidente respondió que “en las últimas semanas” se ha constatado que hay causas judiciales “que se prolongan”, en referencia al ‘caso Tsunami’. Añadió que “hay elementos que podemos incorporar de mejora y que pueden subsanar algunas de las dudas que puedan tener estas formaciones políticas”, en alusión en esta última parte a Junts.

Se da la circunstancia de que el PSOE promovió desde 2018, tras volver a La Moncloa, un cambio de la reforma de los tiempos de tramitación de sumarios que introdujo el PP en 2015. Se trataba de una modificación del artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) que se llevó a la práctica en 2020.



En concreto, la modificación de este artículo 324 introducida por el Gobierno de Mariano Rajoy en 2015 establecía que “las diligencias de instrucción se practicarán durante el plazo máximo de seis meses desde la fecha del auto de incoación del sumario o de las diligencias previas”. También se establecía que las ampliaciones de este plazo debían ser motivadas por el juez.



Desde la entrada en vigor de este cambio, el PSOE y partidos nacionalistas como Junts y ERC sostuvieron que el PP desarrolló esta modificación para dificultar investigaciones por corrupción que le afectaban, como las referidas al ‘caso Gürtel’.

Por ello, ya con Sánchez como presidente, los socialistas impulsaron otra reforma en la LECrim y el artículo 324 que salió adelante en las Cortes y fue publicado en el BOE el 27 de julio de 2020. Según la nueva redacción del precepto cuestionado, “la investigación judicial se desarrollará en un plazo máximo de doce meses desde la incoación de la causa”.

En el texto de este cambio legal se hablaba de que “si bien establecer sin más un límite máximo a la duración de la instrucción, se ha evidenciado pernicioso por cuanto puede conducir a la impunidad de la persecución de delitos complejos, no es menos cierto que establecer ciertos límites a la duración de la instrucción supone una garantía para el derecho de los justiciables”.

Plano general del Congreso de los Diputados, que podría volver a enmendar la ley de amnistía para incluir la reforma de la LECrim (Imagen: Congreso de los Diputados)

Un mayor control de la Fiscalía

Para Oscar Morales, socio de Morales Abogados Penalistas, esta declaración de Pedro Sánchez “forma parte del mercadeo en el que se ha convertido la ley de amnistía, ahora encallada en su tramitación. En primer lugar, se debatió si era una necesidad de interés general para garantizar la convivencia de Cataluña y el resto de España, o si era una necesidad del presidente del Gobierno para garantizar su investidura”.

Oscar Morales cree que con esta medida hay una idea de un control oculto de la Fiscalía por parte del Gobierno para determinados asuntos (Imagen: Morales Abogados Penalistas)

Al mismo tiempo recordaba que “otra cuestión que se plantea es si es razonable que la ley de amnistía la estén negociando en el Parlamento aquellos que se vayan a beneficiar en el futuro. No parece muy lógico que ellos impongan el texto de la amnistía, sino que quienes la ofrecen, el pueblo en su conjunto, fuera el que tomara la decisión del alcance de la misma en función de ese interés de la convivencia”.

Morales manifiesta que “hay determinadas causas que son tan graves que no tienen cabida a nivel de amnistía en ninguna Constitución, se lanza por parte de Jaume Asens de Junts el globo sonda de que había que reformar el delito de terrorismo, al ser confuso y al haber modalidades de estos delitos que no afectarían a los derechos fundamentales. Un comentario que produce sonrojo”.

A su juicio “la ley de amnistía ha encallado y se ha visto el poco margen de maniobra de este Gobierno débil en manos del independentismo cuyos objetivos son diferentes a la estabilidad parlamentaria y a la gobernabilidad del Estado en su conjunto. Al no poderse modificar por el momento la ley de amnistía de nuevo, una opción que plantea Sánchez es el acortamiento de los plazos de instrucción y que dependan de la Fiscalía. Recordemos que en algún medio de comunicación dejó claro quien controlaba la Fiscalía”.

Para Morales “la reforma del artículo 324 que no va a necesitar de ninguna ley orgánica y que podría hacerse por otra proposición de ley, lo que deja claro es que para determinadas causas no va a haber un fiscal de a pie, sino que será un fiscal nombrado por el FGE, a su vez nombrado por el presidente del Gobierno. Es obvio que ese fiscal sea a fin a aquel que busca que los pactos del PSOE con Junts tengan buen fin dentro de la ley de amnistía. El fiscal será quien inste las prórrogas y sólo será el fiscal el que decida la tramitación y su vigencia”.

Desde su punto de vista esta maniobra es preocupante “es el control directo de la Fiscalía por parte del Gobierno, al FGE lo nombra el Gobierno y otra cosa muy distinta que lo controle el Gobierno. Con esta iniciativa, el Ejecutivo tiene incidencia en determinadas causas gestionadas por el Poder Judicial. Nos acerca más a democracias de bajo intensidad donde prima más el culto a la personalidad que las propias decisiones basadas en el interés general”.

Una reforma para unos pocos

Bernardo del Rosal, catedrático de Derecho Penal por la Universidad de Alicante y abogado experto en penal económico, ha sido muy crítico con la amnistía: “Sería bueno una reforma que acortase los plazos de instrucción y que estas no se eternicen. El problema es que la idea no es tanto para mejorar la Administración de Justicia, sino que está pensado para una idea muy concreta como es favorecer a determinadas personas. Ahí empiezan los problemas”.

Para este penalista, “que el fiscal fuera quien determinase los plazos de la instrucción podría tener sentido en un sistema en el que la instrucción la llevase el propio fiscal y un juez de garantías controlase la adopción de determinadas medidas cautelares. Pero en un sistema como el nuestro donde la investigación la lleva el juez y las partes son la acusación y la defensa, no tiene sentido restarle competencias al juez instructor si este no es el que va a seguir llevando la instrucción. Esto puede ayudar a manipular ciertos procedimientos”.

Bernardo del Rosal advierte que es necesaria una reforma de la LECrim global que ya se pedía con la reforma del Código Penal de 1995 (Imagen: E&J)

Este jurista advierte que “llevamos años comentando la necesidad de reformar la LECrim, incluso cuando se reformó el Código Penal de 1995 se veía claro que esta normativa había que modificarla al mismo tiempo, pero no se hizo. No tenía una reforma del Código Penal sin cambiar la propia LECrim. En estos años se ha parcheado mucho cuando hace falta modificar la norma”.

A su juicio “se quiere volver a la reforma de Mariano Rajoy del 2015 cambiando el artículo 324 de la LECrim. En su día se habló que era una forma de controlar la actividad de los fiscales. No se habla nada de poner coto a las eternas instrucciones penales, tanto que dar respuesta a las demandas de Junts en su ley de amnistía ahora de nuevo en la Comisión de Justicia del Congreso. La sospecha es que puede haber una maniobra oculta de control de la Fiscalía y de determinados procedimientos en los que se acorte la instrucción”.

Al final no es tanto una reforma de la LECrim como del artículo 324 de la norma, “eso implica que podría hacerse vía proposición de ley, e incluso lo podrían incluir ahora en la nueva norma que están preparando como enmienda en los próximos días de debate en la Comisión de Justicia del Congreso. Ya hemos visto que se utilizan reales decretos leyes para reformar cualquier iniciativa”.

Desde su punto de vista, “es muy mala etapa para los penalistas que creemos en el derecho penal y la LECrim como ultima ratio. Esta normativa tiene cuestiones que deberían modificarse de forma urgente pero nadie lo toma en consideración. Ahora se habla de ello porque se busca sacar un rédito político claro”.

La sensación que hay en muchos penalistas de la vieja escuela, como es el caso de Bernardo del Rosal, es que la modificación necesaria de la LECrim no va a ser fácil: “Sse ha politizado tanto esta iniciativa que ya parece que no se van a hacer las cosas con sentido común. Mientras tanto hay disfunciones que afectan a muchos ciudadanos relacionadas con la LECrim que no se ponen en marcha para un cambio necesario de cara a mejorar la norma. Todo es un disparate”.

Las leyes procesales no deben tocarse tanto

Para Víctor Moreno, presidente de la Unión Española de Abogados Penalistas y Catedrático de Derecho Procesal en la Universidad Carlos III, ha señalado en varias ocasiones que el derecho penal no debe modificarse de manera arbitraria: “Quitar una pieza del puzle es peligroso porque puede caerse toda la estructura. El derecho procesal está ensamblado y no es fácil cambiar de sistema”.

Este jurista recuerda que en el 2015 se partió de una idea que ya veníamos de tiempo atrás, “y es que el Estado no puede disponer eternamente de la vida e investigaciones penales de las personas. En ese escenario, las consecuencias penales estarían fuera de lugar, no se cumpliría ningún fin de la pena, si impones una pena a los 25 años de cometerse un hecho no tiene consecuencias”.

Victor Moreno subraya que este tipo de reformas procesales pueden generar efectos perniciosos: «Chirria mucho y no será efectiva» (Imagen: E&J)

 

En este contexto subraya que “el Estado debe poner coto al exceso de trabajo de los jueces de instrucción y otros elementos, se modificó en el 2015 el artículo 24 de la LECrim. Ahí hubo una revolución entre los jueces de instrucción y fiscales. Pensaban que perdían poder unos y que otros no podían gestionar la avalancha de procedimientos que les llegaban”:

Moreno recuerda que la norma se modificó de nuevo en el 2020: “No estoy de acuerdo en cambiar las leyes de forma periódica porque no tiene sentido. Ahora parece que la idea es hacer cambios en la instrucción para que sea el fiscal quien determine los plazos. Dejar la iniciativa al fiscal y quitar el poder al juez de instrucción de la duración del procedimiento, eso chirría en la concepción del sistema”.

En su opinión, “o se planta una modificación del sistema de investigación penal y se le atribuye al fiscal y el juez hacer de juez de garantías, o si se deja en manos del juez de instrucción esa investigación penal no es lógico que un tercero valore la duración de dicha instrucción que solo es una parte procesal”.

Moreno cree que el sistema español actual es anacrónico y disfuncional, “pero eso no quiere decir que la ocurrencia de Sánchez vaya a mejorar algo. Puede introducir alguna disfuncionalidad. Introduce al fiscal determinar los plazos de investigación, pero quien tiene la responsabilidad de investigar es el juez de instrucción es un disparate realmente. Aquí ya tenemos en la ley dos fiscales investigador; uno de menores de hace años y el fiscal europeo que es investigador, que tienen jueces de garantías”.

Este jurista cree que habría que hacer la reforma de la LECrim: “Haría falta una ley orgánica para la modificación del sistema penal. Sin embargo este cambio de nuevo del artículo 324 de la norma que plantea Sánchez solo haría falta una mayoría simple y se podría plantear vía proposición de ley como se ha hecho con la ley de amnistía y que la presentase algún grupo parlamentario. Es un gran error jurídico porque puede traer consecuencias perniciosas para todo el sistema penal”.

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Anonymous
2 meses atrás

Lo mejor de todo es que a esto que hace Sánchez se le considera democrático.

Nombre
jorge

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