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Información sobre subvenciones

Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura

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Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura



Ley 10/2014, de 1 de octubre, de modificación de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Las particularidades existentes en la tramitación y gestión de estas subvenciones hacen necesario contar con un régimen jurídico adaptado a las mismas. Toda vez que la aplicación del procedimiento previsto en la Ley de Subvenciones no se adecua a las especialidades de estas subvenciones y hace preciso introducir una modificación en la misma que, considerándolas, evite la inmovilización de créditos en las distintas fases contables durante varios ejercicios presupuestarios por unos importes muy superiores a los que finalmente se van a ejecutar.
Por estas razones, las modificaciones que se introducen mediante la presente ley consisten, en primer lugar, en establecer que estas subvenciones, por sus especiales características, se concederán por el procedimiento de concesión directa mediante convocatoria abierta, si bien ésta podrá tener una vigencia superior a un año y contar con la asignación de una cuantía total máxima prevista para todo el periodo de vigencia, sin distribución por anualidades.
Y, en segundo lugar, en regular un régimen especial en el procedimiento de gestión presupuestaria para estas subvenciones, estableciéndose que será con carácter previo a la concesión de la subvención cuando se deba acreditar la existencia de crédito adecuado y suficiente, así como que la aprobación y el compromiso del gasto serán propuestos y se efectuarán cuando se tramite la liquidación del expediente.



BOE Núm. 257 Jueves 23 de octubre de 2014

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