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Actualidad

Ya están vigentes las nuevas obligaciones de los empresarios

Claves del Real Decreto 723/2026: mayor transparencia contractual, control algorítmico y nuevos deberes de información para las empresas

Firma de contrato de trabajo

(Imagen: E&J)

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Ya están vigentes las nuevas obligaciones de los empresarios

Claves del Real Decreto 723/2026: mayor transparencia contractual, control algorítmico y nuevos deberes de información para las empresas

Firma de contrato de trabajo

(Imagen: E&J)

El lunes 5 de octubre de 2026 ha entrado en vigor el Real Decreto 723/2026, de 9 de septiembre, que traspone parcialmente la Directiva de la Unión Europea (UE) sobre condiciones laborales transparentes y previsibles.

Esta nueva normativa ya está vigente y se aplica a todas las relaciones laborales ordinarias y de carácter especial y al personal laboral de las Administraciones Públicas sometido al Estatuto de los Trabajadores. Entre las nuevas obligaciones derivadas de la aplicación de esta norma, destacamos las siguientes:

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  • Obligación de dejar constancia en los contratos laborales de la duración del periodo de prueba y de la explicación relativa a saber en qué consiste la prueba.

  • La ampliación del periodo de prueba que supere los 6 meses debe estar justificada.

  • El trabajador deberá estar informado de las reglas y pautas de funcionamiento de los algoritmos que utilice la empresa.

  • Se amplía el contenido de los contratos de trabajo. Los elementos centrales de la relación laboral tienen que estar concretados.

  • En los supuestos de utilización de empresas de trabajo temporal (ETT), se debe informar de la identidad de la empresa usuaria y la razón de cada contrato de puesta a disposición.

    Personal de Recursos Humanos

    (Imagen: E&J)

  • Esta normativa afecta a todas las relaciones laborales de más de cuatro semanas.

  • Se prevé una regulación específica para los contratos del sector pesquero y el de la marina mercante. Igualmente, tienen regulación especial los contratados en España para trabajar en el extranjero.

  • En los casos de contratos temporales, las empresas deberán facilitar información más precisa sobre la duración previsible de la relación laboral, la fecha de finalización cuando pueda determinarse y las circunstancias que justifican la temporalidad.

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha elaborado un modelo de documento informativo, tanto en español como en las lenguas cooficiales, sobre los elementos esenciales del contrato y la información que debe facilitarse a las personas trabajadoras. Este documento está disponible en la web del SEPE.

Finalmente, hay que recordar que los trabajadores con contrato en vigor en los que no conste la información esencial podrán solicitarla. En este supuesto, la empresa tendrá un plazo máximo de 30 días para cumplir esta obligación de información.

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