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Artículos

Consejos para evitar la dilación procedimental de la otra parte

El derecho a un proceso sin dilaciones indebidas está reconocido en el artículo 24 de la CE

(Foto: Economist & Jurist)

Javier López Gutiérrez

Attorney and Partner at ECIJA Abogados




Tiempo de lectura: 7 min



Artículos

Consejos para evitar la dilación procedimental de la otra parte

El derecho a un proceso sin dilaciones indebidas está reconocido en el artículo 24 de la CE

(Foto: Economist & Jurist)



En breve: El derecho a un proceso sin dilaciones indebidas está reconocido en el artículo 24 de la Constitución Española, el artículo 6.1 del Convenio de Roma de 4 de noviembre de 1950 y el artículo 14.3.c) del Pacto de Nueva York de 19 de diciembre de 1966, entre otras normas. La materialización de este principio es exigible a todos los que intervienen en el procedimiento judicial, por mandato expreso del artículo 1 de la LEC. En este sentido, proponemos algunas recomendaciones para prevenir las dilaciones indebidas, aplicables al procedimiento civil, aunque extrapolables en sus principios a las demás jurisdicciones.

SUMARIO:



  1. Procedimientos declarativos.
  2. Recursos.
  3. Ejecución.
  4. Casos particulares.

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