De Colombia a España: lecciones comparadas para la regulación del uso judicial de la inteligencia artificial
La IA como herramienta de apoyo al juez, nunca como sustituto de su función constitucional
(Imagen: E&J)
De Colombia a España: lecciones comparadas para la regulación del uso judicial de la inteligencia artificial
La IA como herramienta de apoyo al juez, nunca como sustituto de su función constitucional
(Imagen: E&J)
La Instrucción 2/2026 del Consejo General del Poder Judicial sobre el uso de sistemas de inteligencia artificial (IA) en la actividad jurisdiccional representa un paso decisivo en la configuración de un marco garantista para la transformación digital de la justicia española. Su aprobación se apoya en razones jurídicas, institucionales y tecnológicas que buscan equilibrar innovación y protección de derechos.
La lectura conjunta de esta norma con el análisis previo realizado sobre la Sentencia T-323 de 2024 de la Corte Constitucional de Colombia permite comprender la profundidad de los desafíos actuales y la necesidad de una respuesta regulatoria sólida.
La experiencia comparada como catalizador normativo
En agosto de 2024, la Corte Constitucional de Colombia resolvió un caso relevante (Sentencia T-323/2024) en el que se examinaba si el uso de ChatGPT 3.5 por parte de un juez de segunda instancia podía afectar el derecho fundamental al debido proceso, especialmente ante la incertidumbre generada sobre el origen intelectual de la motivación de la sentencia.
El tribunal concluyó que no hubo sustitución del juez natural, pues la herramienta se empleó después de un análisis jurídico completo; sin embargo, sí apreció deficiencias en la observancia de los principios de transparencia y responsabilidad exigibles en contextos donde intervienen sistemas de IA. Como resultado, ordenó al órgano de gobierno judicial colombiano la elaboración de un manual de uso de estas herramientas y la implementación de formación específica para jueces.
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Esta resolución anticipaba la necesidad de que los poderes judiciales adoptaran marcos regulatorios claros ante el uso creciente de la IA generativa en tareas jurisdiccionales. La discusión colombiana puso sobre la mesa riesgos estructurales: opacidad, sesgos algorítmicos, confabulaciones, falta de trazabilidad y potencial erosión del propio núcleo de la función jurisdiccional.

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El anclaje normativo europeo y español
La Instrucción 2/2026 se integra en el contexto del Reglamento (UE) 2024/1689 sobre inteligencia artificial, que clasifica como sistemas de alto riesgo aquellos destinados a asistir a los jueces en la investigación, interpretación jurídica o resolución alternativa de litigios. Esta calificación obliga a controles reforzados de transparencia, supervisión humana, gobernanza técnica y garantía de derechos fundamentales.
A nivel interno, el Real Decreto-ley 6/2023 inició la transformación digital del servicio público de justicia, incorporando el uso de técnicas de IA para tramitación electrónica, análisis documental, gestión del conocimiento, actuaciones asistidas y automatizadas, siempre bajo supervisión humana.
Además, la creación de la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial (AESIA) y los entornos de prueba regulados por el Real Decreto 817/2023 sitúan a España en un marco institucional avanzado que exige que cualquier despliegue de IA en la justicia responda a criterios de seguridad, calidad, trazabilidad y vigilancia continua.
Sentido y alcance de la Instrucción 2/2026
La Instrucción establece de forma expresa que el uso de IA en la justicia debe someterse siempre a control humano efectivo, impedir la sustitución del juez, reforzar la responsabilidad personal e intransferible de las resoluciones judiciales y preservar la independencia jurisdiccional frente a posibles influencias tecnológicas.
Su ámbito de aplicación incluye todos los sistemas facilitados por las Administraciones competentes o por el CGPJ, prohibiendo el uso de herramientas no autorizadas para el tratamiento de datos judiciales y datos personales, incluso cuando se trate de desarrollos abiertamente accesibles. El empleo de IA generativa queda limitado a tareas de apoyo, como búsqueda jurídica, clasificación documental, elaboración de esquemas y preparación organizativa del trabajo. La elaboración de borradores de resoluciones mediante IA se permite únicamente bajo estrictas condiciones de revisión personal y crítica, garantizando que no sean decisiones automatizadas ni condicionen la libertad de criterio del órgano judicial.

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Justificación material: prevención de riesgos y seguridad jurídica
La normativa responde a la proliferación de proyectos piloto que ya estaban siendo desarrollados por distintas administraciones en colaboración con el CENDOJ, muchos orientados a la elaboración automatizada o asistida de borradores de resoluciones.
La disponibilidad generalizada de herramientas generativas plantea riesgos conocidos: sesgos algorítmicos, errores de razonamiento, información ficticia, dependencia tecnológica, vulnerabilidad de datos personales y ausencia de trazabilidad. Estos riesgos coinciden con los identificados por la Corte Constitucional colombiana en 2024, cuya sentencia subrayó la necesidad de lineamientos y salvaguardas para evitar afectaciones al debido proceso, incluso cuando la IA no sustituye al juez natural.
La Instrucción 2/2026 constituye, en consecuencia, una respuesta preventiva y garantista que busca evitar que la innovación tecnológica avance más rápido que las estructuras de garantía de los derechos fundamentales.
Convergencia con los estándares internacionales
La norma se alinea con la Carta Europea de Ética sobre el uso de IA en los sistemas judiciales de la CEPEJ (2018) y con las Directrices de 2025 sobre IA generativa para tribunales, que establecen principios de respeto de derechos fundamentales, transparencia, calidad, seguridad, imparcialidad y control humano del usuario.
La Instrucción incorpora estos principios y les da eficacia en el orden jurisdiccional español, articulando un marco homogéneo para todos los jueces y magistrados y reforzando la coherencia institucional con las prácticas europeas.
Conclusión
España ha optado por una regulación que conjuga innovación tecnológica y garantía de derechos, asumiendo las lecciones aprendidas de experiencias extranjeras, especialmente la colombiana. La Instrucción 2/2026 ofrece un marco claro, preventivo y formativo que asegura que la IA se utilice como herramienta de apoyo al juez, nunca como sustituto de su función constitucional. El resultado es un modelo que fortalece la independencia judicial, la seguridad jurídica y la confianza pública en la administración de justicia en un contexto tecnológico en rápida evolución.

