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Desatender a una mascota en un patio sin agua ni comida: ¿a cuánto asciende la multa?

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Desatender a una mascota en un patio sin agua ni comida: ¿a cuánto asciende la multa?



La Sección Quinta de la Audiencia Provincial (AP) de Cartagena ha declarado en su sentencia de 22 de septiembre de 2020 que la conducta de un dueño que encierra a su mascota en un patio exterior durante horas y lo desatiende sin agua ni comida, es un subsumible en el delito de abandono de animales del art. 337 bis del Código Penal.

Según se desprende de la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción n.º 1 de Cartagena, la conducta del dueño con relación a su animal doméstico era “vejatoria y degradante”. En numerosas ocasiones dejaba a su mascota en el patio de la vivienda, con pésimas condiciones de limpieza y sin agua ni comida. Asimismo, también se anuncia que la única posibilidad de que accediese aquél al interior de la vivienda era a través de un cristal roto, con el consiguiente peligro que ello podría causarle al animal.



En la misma línea, se informaba en el citado fallo sobre la habitualidad de los golpes que recibía el animal doméstico a manos de su dueño, así como de la costumbre de aquél de dejarle varias horas en el mencionado patio sin importarle las condiciones climatológicas que pudiesen acontecer.

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