El TEAC permite a mutualistas reclamar deducciones de IRPF (2014-2017)
Abre nuevas posibilidades para mutualistas al permitir la revisión de solicitudes de rectificación de IRPF basadas en jurisprudencia reciente

(Imagen: E&J)
El TEAC permite a mutualistas reclamar deducciones de IRPF (2014-2017)
Abre nuevas posibilidades para mutualistas al permitir la revisión de solicitudes de rectificación de IRPF basadas en jurisprudencia reciente

(Imagen: E&J)
Como es sabido, el pasado 28 de febrero de 2023, la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo dictó la sentencia 707/2023, en la que se reconocía el derecho de solicitar la rectificación de las declaraciones de IRPF para aquellos contribuyentes perceptores de pensiones públicas de jubilación que realizaron aportaciones a determinadas mutualidades laborales antes del 31/12/1978, reconociéndoles a estos la aplicación de la DT 2ª de la Ley 25/2006 de IRPF, es decir, no debían tributar el 25% de la pensión de jubilación correspondiente a las aportaciones realizadas entre 01/01/1967 y 31/12/1978. En ese momento, aquellos a los que se le reconocía este derecho podían presentar una solicitud de rectificación de los ejercicios de IRPF no prescritos, es decir, 2018, 2019, 2020 y 2021.
Pues bien, el pasado 19 de julio de 2024 el Tribunal Económico Administrativo Central (en adelante, TEAC) dictó la resolución RG 1521/2024 en unificación de criterio en la que se pronunciaba acerca de una posible segunda revisión en vía administrativa para aquellos mutualistas que hubiesen solicitado la rectificación de IRPF de ejercicios anteriores a 2018 y les hubiese sido denegadas.
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