Impedimento de impotencia por aneyaculación
Impedimento de impotencia por aneyaculación
La secretaria general de la Abogacía, Encarna Orduna, en el lado izdo., recibe a la delegación de la Comisión de Venecia compuesta por su vicepresidenta Marta Cartabia, el jefe de división, Taras Pashuk, y los miembros Regina Kiener, François Séners y Simona Granata-Menghini. (Imagen: Abogacía Española)
El marido, en el año 1994, interpuso demanda de nulidad de su matrimonio ante el Tribunal Eclesiástico de Barcelona. En la demanda se hace constar sustancialmente: celebrado el matrimonio en el año 1961 e iniciadas las relaciones sexuales del mismo, el varón descubrió en sí una anomalía sexual,ya que padecía aneyaculación.
(…)Texto íntegro
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