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La medida cautelar como garantía para asegurar la restitución de un elemento comunitario alterado sin autorización

Un propietario aprovechó una reforma para modificar elementos comunes del edificio

(Imagen: E&J)

Xavier de Bernat Jiménez

Abogado sénior área Litigación y Arbitraje en AGM Abogados




Tiempo de lectura: 2 min

Publicado




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La medida cautelar como garantía para asegurar la restitución de un elemento comunitario alterado sin autorización

Un propietario aprovechó una reforma para modificar elementos comunes del edificio

(Imagen: E&J)

Un juzgado de Barcelona ha estimado la solicitud de medidas cautelares presentada por AGM Abogados en defensa de una comunidad de propietarios frente a un titular que, durante la reforma de su inmueble para transformarlo de local a vivienda, modificó de forma sustancial elementos comunes del edificio sin autorización.

Este supuesto pone el foco en un problema cada vez más frecuente: obras vinculadas a cambios de uso que afectan a la fachada o a otros elementos comunes sin acuerdo comunitario previo.

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Entre las obras realizadas que han motivado la demanda de medidas cautelares se encuentran la sustitución de la carpintería original por otra de distinto diseño y color, la apertura de nuevos huecos en la fachada y el desplazamiento del acceso al inmueble. Todo ello, sin solicitar ni obtener autorización de los órganos comunitarios.

Antes de interponer la demanda, se requirió al propietario instándole a paralizar las obras y a aportar documentación técnica, además de exigir la restitución de los elementos comunes modificados. Lejos de atender el requerimiento, el titular defendió que una licencia municipal de obras le facultaba para realizar los cambios efectuados.

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A las obras no autorizadas se suma un hecho clave: mientras se desarrollaba el conflicto, el propietario comenzó a comercializar el inmueble como vivienda en portales inmobiliarios, lo que evidenciaba un riesgo real de transmisión a terceros de buena fe. Precisamente este argumento fue uno de los elementos que motivaron la petición de medidas cautelares.

(Imagen: E&J)

El juzgado, tras celebrar la vista correspondiente, ha estimado la solicitud y ha acordado la anotación preventiva de la demanda en el Registro de la Propiedad, medida destinada a advertir a posibles adquirentes de la existencia del litigio y a evitar que una eventual venta frustre la eficacia de la sentencia que recaiga.

Este Auto constituye un recordatorio contundente para propietarios y administradores:
la licencia administrativa nunca sustituye el consentimiento comunitario cuando las obras afectan a elementos comunes o a la configuración exterior del edificio.

Para los administradores de fincas, el caso aporta tres advertencias prácticas esenciales:

  1. Vigilar especialmente las reformas vinculadas a cambios de uso, donde las alteraciones de fachada son habituales.
  2. Reaccionar de inmediato ante obras sin autorización para evitar que se consoliden.
  3. Recomendar acciones judiciales rápidas cuando exista riesgo de transmisión a terceros.

La resolución es también un ejemplo de cómo la anotación preventiva de demanda se convierte en una herramienta esencial para proteger a la comunidad frente a maniobras de disposición que puedan dejar sin efecto una futura sentencia favorable.

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