La nueva frontera de responsabilidad civil: sistemas informáticos como “establecimientos” y gestión de ciberamenazas
Recomendaciones prácticas para reducir el riesgo que puede derivar en responsabilidad legal y perjuicios económicos grave

(Imagen: E&J)
La nueva frontera de responsabilidad civil: sistemas informáticos como “establecimientos” y gestión de ciberamenazas
Recomendaciones prácticas para reducir el riesgo que puede derivar en responsabilidad legal y perjuicios económicos grave

(Imagen: E&J)
La sentencia número 699/2025, de 19 de febrero de 2025, del Tribunal Supremo (STS) abre un hito en la responsabilidad civil al considerar los sistemas informáticos de una empresa como “establecimientos” a efectos del artículo 120.3 del Código Penal. Este giro jurisprudencial obliga a toda organización que utilice plataformas digitales a reforzar sus protocolos de ciberseguridad, pues un fallo puede derivar en indemnizaciones civiles.
A su vez, la proliferación de malware (troyanos, ransomware), phishing y ataques DDoS exige recomendaciones prácticas de protección. En este artículo analizamos el antecedente y presentamos claves para integrar la seguridad informática en la gestión de riesgos empresariales.
Este artículo nace a raíz de la invitación recibida para asistir al evento Business+ Foro Empresa Madrid 2025, donde se debatieron los retos legales emergentes ante el uso de inteligencia artificial en el ámbito profesional. A partir de ese contexto, se analizan casos recientes en EE. UU., Reino Unido y España que ilustran los riesgos éticos y jurídicos del uso irreflexivo de estas tecnologías por parte de los abogados, y que he tomado como referentes:
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