La paradoja de crear más plazas judiciales perjudicará a los propios jueces
Si la planta judicial crece pero las oficinas no, el resultado no será una justicia más rápida, sino una justicia más tensionada
(Imagen: E&J)
La paradoja de crear más plazas judiciales perjudicará a los propios jueces
Si la planta judicial crece pero las oficinas no, el resultado no será una justicia más rápida, sino una justicia más tensionada
(Imagen: E&J)
El sinsentido de más jueces con las mismas oficinas
El Consejo de Ministros ha aprobado la tramitación urgente de dos reales decretos para la creación de 500 nuevas plazas de jueces y 200 de fiscales, que estarán disponibles de cara a 2027. La medida, presentada como un refuerzo de la Administración de Justicia, supone un incremento del 7,8% de la planta judicial y del 6,6% de la plantilla del Ministerio Fiscal. El destino de las plazas es variado: 172 para la jurisdicción Civil, 109 para la Social, 69 para la Penal, 87 para órganos mixtos, 42 de adscripción territorial, 11 para Violencia sobre la Mujer, seis para Violencia contra la Infancia y la Adolescencia, ocho para nuevas presidencias de tribunales de instancia y cuatro para la Audiencia Nacional. Andalucía y Cataluña recibirán 94 plazas cada una, Madrid 74 y la Comunidad Valenciana 53. En cuanto a los fiscales, Cataluña recibirá 47, Andalucía 31 y Madrid 26, con Canarias registrando el mayor incremento porcentual.
La noticia, en apariencia positiva, esconde una paradoja que el Colegio Nacional de Letrados de la Administración de Justicia ha advertido con claridad: crear nuevas plazas de jueces sin reforzar las plantillas de las oficinas judiciales puede perjudicar a los propios jueces. Porque los jueces no trabajan solos. Su actividad depende del funcionamiento coordinado de letrados de la Administración de Justicia, funcionarios de los cuerpos generales, equipos de tramitación y servicios comunes. Si la planta judicial crece pero las oficinas no, el resultado no será una justicia más rápida, sino una justicia más tensionada.
La función de las oficinas judiciales en la actividad jurisdiccional
El juez decide, pero la oficina judicial tramita. La Ley Orgánica 1/2025, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, ha transformado el modelo organizativo de la Administración de Justicia con la implantación de los Tribunales de Instancia. Estos tribunales sustituyen a los antiguos juzgados unipersonales y concentran en una sola estructura orgánica las competencias que antes estaban dispersas. El objetivo declarado es mejorar la eficiencia, la especialización y la coordinación. Pero la transformación exige, como condición de posibilidad, que las plantillas de las oficinas judiciales se adapten al nuevo modelo.
El Colegio Nacional de Letrados de la Administración de Justicia advierte de que no basta con redistribuir a los mismos profesionales entre nuevas unidades administrativas. Modificar organigramas, cambiar funciones o reasignar tareas no resuelve las carencias de personal existentes. Si las oficinas judiciales asumen más trabajo con los mismos recursos, la carga recae sobre quienes ya están al límite de su capacidad. Y entre esos profesionales están los letrados de la Administración de Justicia, los funcionarios de tramitación y los equipos de apoyo, que son quienes hacen posible que las decisiones judiciales se materialicen en resoluciones eficaces.
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Hay que reseñar que la creación de nuevas plazas judiciales sin refuerzo de las oficinas genera un efecto perverso: los jueces recién incorporados necesitan oficinas que tramiten sus procedimientos, que gestionen sus agendas, que ejecuten sus resoluciones. Si esas oficinas no existen o están infradotadas, el juez no puede rendir al nivel que se espera de él. La paradoja es evidente: más jueces con las mismas oficinas equivale a más procedimientos sin más capacidad de tramitación, lo que se traduce en más retrasos, más acumulación y más presión sobre todos los intervinientes.

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Las relaciones de puestos de trabajo y su modificación
El Colegio Nacional de Letrados de la Administración de Justicia se opone a cualquier modificación de las Relaciones de Puestos de Trabajo que no suponga un incremento real de efectivos. Las Relaciones de Puestos de Trabajo son el instrumento que determina la organización y distribución de los puestos en las oficinas judiciales. Su modificación puede responder a necesidades organizativas legítimas, pero si se limita a redistribuir los mismos trabajadores entre nuevas unidades, no resuelve el problema de fondo. La reorganización no puede ser una forma de maquillar la falta de personal.
La implantación de los Tribunales de Instancia exige calcular previamente las necesidades de personal de cada unidad, teniendo en cuenta el volumen de asuntos, la complejidad de los procedimientos y las actuaciones pendientes. Sin ese cálculo previo, el riesgo es trasladar al nuevo modelo los problemas de falta de medios que ya padecía el anterior. Y ese traslado, lejos de mejorar la situación, la perpetúa con una apariencia de modernidad que oculta la misma realidad de siempre.
Considero que la advertencia del Colegio es oportuna y merece ser atendida. La transformación organizativa de la Administración de Justicia no puede hacerse a coste cero. Exige inversión, planificación y evaluación. Y exige, sobre todo, reconocer que la actividad jurisdiccional es una actividad colectiva en la que el juez es una pieza más de un engranaje complejo. Si el engranaje no se refuerza, la pieza nueva que se incorpora no hará que la máquina funcione mejor; hará que se desgaste antes.
La sobrecarga y sus consecuencias sobre la salud laboral
El Colegio Nacional de Letrados de la Administración de Justicia reclama también la elaboración y actualización de módulos de trabajo que permitan medir con precisión las funciones y responsabilidades de los letrados de la Administración de Justicia. Los parámetros tradicionales, basados en el número de asuntos ingresados, resultan insuficientes para conocer las necesidades reales de las oficinas. No basta con contabilizar los asuntos. Es necesario analizar su complejidad, las actuaciones procesales pendientes, el volumen de ejecución y las tareas de dirección, coordinación y organización que corresponden a estos profesionales.
La reivindicación tiene una dimensión que trasciende lo estrictamente organizativo: la prevención de riesgos laborales. Una organización con recursos insuficientes incrementa la presión sobre los profesionales, afecta a su salud y perjudica la calidad del servicio prestado a los ciudadanos. El estrés, la ansiedad, el agotamiento y las bajas laborales son consecuencias documentadas de la sobrecarga en los órganos judiciales. Y esas consecuencias no solo afectan a los profesionales: afectan a los ciudadanos, que ven cómo sus procedimientos se retrasan, cómo sus resoluciones se demoran y cómo la calidad de la respuesta judicial se resiente.
La paradoja es que la creación de plazas judiciales puede agravar esta situación si no va acompañada de un refuerzo equivalente de las oficinas. Porque los nuevos jueces generarán más actividad, más resoluciones, más procedimientos que tramitar. Y esa actividad adicional recaerá sobre oficinas que ya están sobrecargadas. El resultado será un aumento de la presión sobre los letrados y funcionarios, con el consiguiente riesgo para su salud y para la calidad del servicio.

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La necesidad de una planificación basada en datos objetivos
El Colegio Nacional de Letrados de la Administración de Justicia ofrece su colaboración al Ministerio de Justicia para diseñar una planificación basada en datos objetivos y en las necesidades reales de cada oficina. La oferta es sensata y debería ser atendida. Porque la planificación de las plantillas no puede hacerse a ojo, ni en función de criterios políticos, ni sobre la base de ocurrencias coyunturales. Debe hacerse sobre la base de un análisis riguroso de la carga de trabajo real, de las funciones efectivamente desempeñadas y de los cuellos de botella que se producen en cada fase del procedimiento.
La creación de 500 plazas de jueces y 200 de fiscales es, en sí misma, una buena noticia. La planta judicial española es insuficiente y la sobrecarga de los tribunales es una realidad que afecta a la calidad de la justicia. Pero la ampliación de la planta judicial debe ir acompañada de una ampliación equivalente de las oficinas. De lo contrario, el efecto será contraproducente: más jueces, más procedimientos, más retrasos y más presión sobre todos los intervinientes.
Reflexiones finales sobre una paradoja que debe resolverse
La paradoja de que crear más plazas judiciales pueda perjudicar a los propios jueces no es una contradicción lógica, sino una consecuencia previsible de una planificación incompleta. Los jueces no pueden ejercer su función sin el apoyo de las oficinas judiciales. Y si las oficinas no se refuerzan, la ampliación de la planta judicial se convierte en un factor de tensión adicional. La paradoja se resuelve, por tanto, con una medida igualmente sencilla: reforzar las oficinas judiciales al mismo ritmo que se amplía la planta judicial. Crear plazas de jueces y fiscales, sí. Pero también plazas de letrados de la Administración de Justicia y de funcionarios de los cuerpos generales. Y hacerlo sobre la base de un análisis riguroso de las necesidades reales de cada oficina.
La justicia es un servicio público complejo. No se mejora solo con más jueces, ni solo con más fiscales, ni solo con más letrados, ni solo con más funcionarios. Se mejora con un conjunto equilibrado de recursos humanos y materiales que permita a todos los intervinientes ejercer sus funciones con dignidad y eficacia. La advertencia del Colegio Nacional de Letrados de la Administración de Justicia es una llamada de atención que el Ministerio de Justicia haría bien en escuchar. Porque la ampliación de la planta judicial es necesaria, pero no suficiente. Y si se hace sin las oficinas, puede acabar perjudicando a quienes se pretendía ayudar. Incluidos los propios jueces.

