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Los planes de movilidad obligatorios modifican el Estatuto de los Trabajadores

Antes del 5 de diciembre de 2027, todos los centros con más de 200 trabajadores o 100 por turno deberán tener implantado un plan de movilidad sostenible

(Imagen: E&J)

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Los planes de movilidad obligatorios modifican el Estatuto de los Trabajadores

Antes del 5 de diciembre de 2027, todos los centros con más de 200 trabajadores o 100 por turno deberán tener implantado un plan de movilidad sostenible

(Imagen: E&J)

En un plazo máximo de 24 meses a contar desde el pasado 5 de diciembre —fecha en la que entró en vigor la Ley 9/2025 de 3 de diciembre, de Movilidad sostenible—, las empresas y entidades públicas deberán elaborar e implantar un plan de movilidad sostenible en todos los centros con más de 200 trabajadores o 100 por turno.

La norma exige que estos planes sean negociados con la representación legal de los trabajadores. En el supuesto de que no haya representación laboral, se creará una comisión negociadora sindical integrada por los sindicatos más representativos y los del sector.

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Estos planes tendrán por finalidad promover la movilidad activa, el transporte colectivo, la movilidad de bajas y cero emisiones, soluciones compartidas o colaborativas, puntos de recarga y cuando sea posible, implantación de teletrabajo. Igualmente deberán contemplar medidas de seguridad vial, formación preventiva y criterios de coordinación en los casos en que varios centros coincidan en un emplazamiento. Estos planes deberán prever evaluaciones periódicas, con un informe de seguimiento obligatorio cada dos años y deberán coordinarse con los instrumentos locales de movilidad. En centros de trabajo de más de 1000 empleados se deberán cumplir otras medidas adicionales.

Esta nueva normativa modifica el Estatuto de los Trabajadores, al incluir la obligación de negociar medidas de movilidad sostenible en los convenios cuyo proceso negociador se inicie después de la entrada en vigor de esta Ley 9/2025.

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El incumplimiento de las obligaciones derivadas de la mencionada ley tendrá consecuencias sancionadoras, pero por otro lado, el nuevo texto prevé futuras subvenciones para la implantación de estos planes, dirigidas a empresas con centros de más de 100 empleados o 50 por turno. Estas subvenciones las convocará el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.

 

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