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Nuevo sistema de previsión de la Mutualidad de la Abogacía

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Nuevo sistema de previsión de la Mutualidad de la Abogacía

(Imagen: E&J)



 

I.- Antecedentes y objetivos 

En septiembre 2004 se encargó, a un grupo de expertos externos e internos de Mutualidad, la formulación de una propuesta de Plan Estratégico, que fue elaborado y presentado a su Junta de Gobierno en febrero y ésta aprobó en sus sesiones de marzo y abril 2005.

El encargo se planteó para estudiar en profundidad si el camino seguido por la Mutualidad en los últimos años, consistente en aplicar el mandato legal de transformación al sistema de capitalización individual plena, reforzando las provisiones, debía seguir o si existían otros caminos que permitieran ofrecer a los mutualistas planes de previsión más satisfactorios.

El Plan propone, después de analizar los puntos fuertes y débiles de la Mutualidad y la situación del mercado:

n         Aprovechar las ventajas de la forma social de mutualidad privada, para ofrecer a los mutualistas tanto la cobertura de prestaciones sociales mínimas obligatorias para el ejercicio profesional, como la cobertura complementaria en materia de previsión personal, seguro y ahorro a corto, medio y largo plazo, en las mejores condiciones de eficacia y fiscalidad.

n         Mejorar el sistema de oferta de seguros y servicios.



n         Crear un servicio de asesoramiento al mutualista en materia de previsión personal, ahorro, seguro y fiscalidad.

n         Operar centralizadamente, como hasta ahora, mediante un servicio de operaciones unificado y uso intensivo de web e Internet para la relación con los mutualistas.



n         La puesta en marcha de este Plan permite abandonar la actual estrategia de cambio paulatino del sistema de capitalización colectiva (por el que actualmente se rige todavía una buena parte de Planes en vigor), al sistema de capitalización individual, con lo que se evita tener que seguir dotando provisiones, hasta el año 2013, y se puede pasar ya a atribuir a los mutualistas los importantes rendimientos que se generan. Como es conocido, por imperativo legal para todas la Mutualidades, el cambio a capitalización individual se ha de realizar antes del año 2013.

 Ver texto íntegro del artículo en documento adjunto

 



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