Nuevo toque de atención a la Administración Tributaria: la inspección ocular interior es determinante en la valoración de inmuebles
Resulta imprescindible la visita al interior de los inmuebles en los procedimientos de comprobación de valores
Agencia Tributaria. (Imagen: E&J)
Nuevo toque de atención a la Administración Tributaria: la inspección ocular interior es determinante en la valoración de inmuebles
Resulta imprescindible la visita al interior de los inmuebles en los procedimientos de comprobación de valores
Agencia Tributaria. (Imagen: E&J)
Vivimos tiempos en los que las garantías en el procedimiento tributario, especialmente en el ámbito de la comprobación de valores inmobiliarios, ocupan buena parte de la jurisprudencia del Tribunal Supremo y ello de forma positiva, pues las sentencias dictadas, en su gran mayoría, vienen a reforzar la seguridad jurídica y derechos del contribuyente.
La sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, de 24 de junio de 2025 (STS 2874/2025), resuelve un recurso de casación presentado por un particular frente a la liquidación y sanción dictadas por la Administración tributaria en relación con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), derivadas de una aportación no dineraria de inmuebles a una sociedad mercantil.
El asunto central versaba sobre la metodología de valoración de los inmuebles utilizada por los peritos de la Administración, concretamente, si resulta imprescindible la visita al interior de los inmuebles en los procedimientos de comprobación de valores, o si puede considerarse suficiente una inspección limitada al exterior.
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