¿Puedo instalar en mi plaza de garaje un punto de recarga de vehículo eléctrico?
El interesado no necesita el apoyo de la comunidad de propietarios, solo debe comunicar su decisión previamente por escrito

(Imagen: E&J)
¿Puedo instalar en mi plaza de garaje un punto de recarga de vehículo eléctrico?
El interesado no necesita el apoyo de la comunidad de propietarios, solo debe comunicar su decisión previamente por escrito

(Imagen: E&J)
¿Es posible instalar en una plaza de garaje un punto de recarga de vehículo eléctrico? Para responder a esta pregunta hemos de atender al artículo 17.5 de la Ley de Propiedad Horizontal que, de forma clara, establece que la instalación de un punto de recarga de vehículos eléctricos para uso privado en el aparcamiento del edificio, siempre que éste se ubique en una plaza individual del garaje, solo requerirá la comunicación previa a la comunidad de propietarios.
El coste de dicha instalación y el consumo de electricidad correspondiente serán asumidos íntegramente por el o los interesados directos de la misma.
Por lo expuesto, no es necesario ningún acuerdo de la junta de propietarios adoptado con un quorum determinado para instalar el punto de carga, simplemente es necesario comunicarlo previamente a la comunidad de propietarios.
Obviamente esta instalación solo se podrá ejecutar en el espacio de la plaza de garaje individual del interesado.
También conviene recordar que la instalación del punto de recarga no debe afectar a elementos comunes del edificio, ya que de ser así, sería necesario contar con el acuerdo de los tres quintos de propietarios y cuotas de conformidad a lo establecido en el artículo 10. 3 b) de la Ley de Propiedad Horizontal.
Para realizar la instalación del punto de recarga de vehículo eléctrico en una plaza de garaje es necesario seguir los siguientes pasos:
- Notificar a la comunidad de propietarios por escrito la decisión de instalar el sistema de recarga.
- Contactar con una empresa autorizada para realizar dicha instalación. Ésta determinará la dimensión mínima de la sección que utilizará el cableado y la potencia que exija el punto de recarga. Debe tenerse en cuenta que si la potencia que se solicita para la instalación del punto de recarga supera los 10KW será necesario solicitar un proyecto de instalación realizado por un ingeniero. Las instalaciones particulares se realizarán con tuberías de PVC, colocando cada 15 metros una caja de registro. En los garajes comunitarios, las protecciones mínimas que se deben instalar serán para cubrir las sobretensiones permanentes y transitorias.
- La instalación deberá conseguir una certificación validada por industria.

(Imagen: E&J)
