Ser el receptor de un bizum tras un fraude informático no equivale a ser el estafador
El tribunal zamorano revoca la sentencia condenatoria y protege a un usuario de ser injustamente vinculado a una estafa informática ideada por un tercero
(Imagen: E&J)
Ser el receptor de un bizum tras un fraude informático no equivale a ser el estafador
El tribunal zamorano revoca la sentencia condenatoria y protege a un usuario de ser injustamente vinculado a una estafa informática ideada por un tercero
(Imagen: E&J)
La Audiencia Provincial de Zamora ha revocado una condena por estafa informática al considerar que el simple hecho de recibir una transferencia a través de Bizum no acredita la participación consciente en el fraude. El Tribunal recuerda que la responsabilidad penal exige demostrar el conocimiento del origen ilícito del dinero, reforzando así el principio de presunción de inocencia en el ámbito digital.
Según se expresa en los hechos probados de la sentencia dictada el pasado mes de julio, la denunciante respondió a un anuncio de internet que ofrecía una cantidad de dinero por traducir 40 páginas del inglés al español. La mujer, interesada en la tarea publicada, remitió diversa documentación de carácter personal y realizó un pago de 35 euros, a través de bizum, para acceder a un perfil como trabajadora de la aplicación «tus clases». Pese a que los responsables de la plataforma le indicaron que el portal se encontraba en reparación y que la cantidad abonada le sería restituida, la afectada nunca recibió los 35 euros ingresados. Consecuencia de ello, tras las investigaciones oportunas, la mujer denunció al titular de la cuenta bancaria receptora del ingreso, siendo el aquí denunciado el titular de la cuenta bancaria vinculada al teléfono móvil al que la primera realizó el mencionado bizum.
...




