Tipos de legados y sus límites a la hora de establecerlos
El legatario recibe un bien concreto; el heredero, toda la herencia con sus derechos y obligaciones

(Imagen: E&J)
Tipos de legados y sus límites a la hora de establecerlos
El legatario recibe un bien concreto; el heredero, toda la herencia con sus derechos y obligaciones

(Imagen: E&J)
El término ‘legado’ hace referencia a aquella disposición hecha en el testamento en virtud de la cual el testador dispone que un bien o un derecho en concreto vaya a una determinada persona, llamada legataria, obligando, con ello, al resto de herederos a cumplir con este legado.
Es importante no confundir la figura del legatario (el que recibe el legado) con la del heredero (el que recibe la herencia o una porción de ella) o la del legitimario (el que recibe, por ley, la legítima).
El artículo 660 del Código Civil se limita a decir que “llámese heredero al que sucede a título universal, y legatario al que sucede a título particular”.
El artículo 668 del mismo cuerpo legal establece que el “el testador puede disponer de sus bienes a título de herencia o de legado”.
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