Consulta sobre nómina de becario durante los periodos de Incapacidad Temporal
El becario recibe en concepto de “ayuda al estudio” un total bruto de 400 euros al mes

(Foto: E&J)
Consulta sobre nómina de becario durante los periodos de Incapacidad Temporal
El becario recibe en concepto de “ayuda al estudio” un total bruto de 400 euros al mes

(Foto: E&J)
- Materia: Derecho Social
- Especialidad: / Derecho Social / Seguridad Social
- Número: 13750
- Tipo de caso: Consulta
- Voces: CONTRATO DE TRABAJO EN PRÁCTICAS, Contratos formativos y contratos en prácticas, COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL, Derecho del trabajo y de la seguridad social, Incapacidad temporal, INCAPACIDAD TEMPORAL, Régimen General de la Seguridad Social, Seguridad Social
Documentos originales firmados por el cliente
Consulta
Supuesto de hecho. Cuestión planteada
El departamento de Recursos Humanos de una empresa solicita que se les aclare el motivo por el que un becario percibe unas cantidades netas superiores durante el periodo en que este permanece en situación de Incapacidad Temporal (en adelante, IT) a las cantidades que percibe normalmente. El caso concreto es un becario que realiza sus prácticas curriculares en la empresa percibiendo normalmente en concepto de “ayuda al estudio” un total bruto de 400 euros al mes, que, tras practicarle las retenciones de I.R.P.F. oportunas (2%), suponen un neto mensual de 392 euros. En el mes de septiembre 2022, permanece en situación de IT durante todo el mes y percibe un total neto de 674,57 euros.
Solución propuesta
Las empresas que acojan a estudiantes que, en virtud del acuerdo entre la empresa y la entidad formadora, se incorporen a la empresa con el objetivo de adquirir conocimientos prácticos acerca de sus estudios y suponiendo esta una relación no laboral, tendrán la obligación de cotizar por estos por la base mínima de cotización del grupo de cotización siete, que para el año 2022 es de 1.166,70 euros. Teniendo en cuenta lo anterior, cuando un becario se encuentre en situación de incapacidad temporal, tendrá derecho a percibir las prestaciones de IT que le corresponda y en las cuantías que surtan de aplicar las normas específicas para el cálculo de cada tipo de contingencia a la base de cotización indicada anteriormente, siempre que cumpla el requisito de carencia exigido por la norma.
En el caso objeto de análisis, y teniendo en cuenta lo anterior, es correcto que el becario perciba un neto superior al normal, ya que lo que se le está pagando es la prestación por IT, que se calcula atendiendo a una base superior (1.166,70€) a las cantidades que el becario pactó con la empresa como ayuda al estudio (400€).
También debemos tener en cuenta que esta prestación irá a cargo del empresario hasta el 15º día de IT, pasando a partir de este día a estar a cargo del Instituto Nacional de Seguridad Social, aunque el empresario tendrá que continuar abonándola en modalidad de pago delegado.
Normas y artículos relacionados
- Orden PCM/244/2022, de 30 de marzo, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2022.
- Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas.
- Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Consejo Casos Reales
Cualquier consulta con el cliente se debe minutar, aunque siempre es aconsejable ofrecer al cliente la posibilidad de que, si finalmente se encargara el trabajo, el importe de la consulta se vería reducido de los honorarios finales.
Es necesario recordar que, aunque los honorarios de los Abogados son libres, los criterios orientadores de cada Colegio Profesional son los tenidos en cuenta para las tasaciones de costas.
Se aconseja firmar siempre la hoja de encargo profesional
Jurisprudencia
- Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, núm. 2187/2018, de 06-11-2018. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71113794
- Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, núm. 1000/2019, de 04-04-2019. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71040620
- Juzgado de lo Social, núm. 185/2020, de 04-03-2020. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71907778
- Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, núm. 1149/2004, de 18-10-2004. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 221042
- Tribunal Superior de Justicia de Galicia, núm. 0/0, de 12-02-2007. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 201223
Biblioteca
Libros
- Guía práctica de Derecho Laboral y de la Seguridad Social
- Manual práctico de formularios de derecho laboral
Artículos jurídicos
- El control de la incapacidad temporal y la impugnación del alta médica (2005)
- La prestaciones por Incapacidad Temporal e Incapacidad Permanente en un mundo laboral cambiante (2008)
- La extinción del contrato durante la situación de suspensión por incapacidad temporal (octubre 2010)
- Despido durante incapacidad temporal. Nulidad o improcedencia. Evolución jurisprudencial (julio-agosto 2018)
- La gestión de la incapacidad temporal en los primeros 365 días de duración (octubre 2014)
Casos relacionados
- Seguridad Social. Trabajadora causa baja por incapacidad temporal derivada de enfermedad común.
- Contrato de trabajo. Despido improcedente por ser efectuado al encontrarse el trabajador en situación de baja de incapacidad temporal. Conciliación extrajudicial.
- Contrato de Trabajo. Formalización para el desarrollo de un programa de cooperación entre escuela universitaria y empresa. Aspectos más importantes.
