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Casos de éxito

Incapacitación total con rehabilitación de la patria potestad de persona con síndrome de Down

Tiempo de lectura: 5 min

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Casos de éxito

Incapacitación total con rehabilitación de la patria potestad de persona con síndrome de Down



Puede ver el caso completo pinchando aquí

 



AUTOR: www.ksolucion.es

info@ksolucion.es



SUMARIO:



1.- El Caso
1.1.- Supuesto de Hecho
1.2.- Objetivo. Cuestión planteada
1.3.- La estrategia del Abogado
2.- El Procedimiento judicial
2.1.- Partes
2.2.- Peticiones realizadas
2.3.- Argumentos
2.4- Normativa
2.5- Documentación
2.6- Prueba
2.7- Resolución Judicial
3.- Jurisprudencia relacionada con el caso
4.- Documentos jurídicos
5.- Biblioteca
6.- Formulario: Demanda de Incapacitación

1.- EL CASO

1.1.- Supuesto de hecho

Doña María se halla aquejada de “Síndrome de Down”, de tipo congénito e irreversible, que afecta profundamente sus procesos intelectuales y volitivos y la incapacita para desarrollar una vida normal, precisando atención médica y psicológica continuada. En fecha del supuesto de hecho, 4 de abril de 2001, la representación de doña Ana, madre de doña María, interpone contra ésta una demanda de juicio verbal de incapacitación total, con rehabilitación de la patria potestad a su favor, puesto ha fallecido su marido, padre de la presunta incapaz.

1.2.-Objetivo. Cuestión planteada.

El cliente en este supuesto es Doña Ana, madre de la presunta incapaz, y su objetivo consiste en que se declare la total incapacidad de su hija, y la consecuente rehabilitación de la patria potestad en su favor.
Dada la muerte del padre de doña María, y la consecuente tramitación de la partición de su herencia, doña Ana también pretende que, como medida cautelar, se nombre como defensor judicial de doña María a su tía paterna, a efectos de posibilitar la aceptación de la herencia dejada por su padre.

1.3.-La estrategia. Solución propuesta.

Respecto a la declaración de incapacidad, la estrategia del abogado de doña María, consiste en probar que su hija está incursa en una de las causas de incapacitación previstas en el artículo 200 del Código Civil. En el caso de doña María, la causa de incapacitación alegada es una enfermedad permanente e irreversible, que le impide de gobernarse por sí misma.
Con relación a la medida cautelar relativa al nombramiento de un defensor judicial para doña María, el abogado de doña Ana fundamenta su petición en los dispuesto en los artículos 209 del Código Civil y 762 de la LEC.

2.- EL PROCEDIMIENTO JUDICIAL

Orden Jurisdiccional: Civil
Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de Primera Instancia de Barcelona.
Tipo de procedimiento: Juicio Verbal.

2.1.-Partes

• Parte demandante:

Doña Ana

• Parte demandada:

Don María

• Ministerio Fiscal

2.2.-Peticiones realizadas

La parte demandante, en su escrito de demanda de juicio verbal de incapacitación, solicita:

Que se dicte sentencia por la que se declare la incapacidad total de doña María, tanto para el autogobierno de su persona como para la administración y disposición de sus bienes, y que se rehabilite la patria potestad a favor de su madre.

En el Otrosí Digo de la demanda, se solicita como medida cautelar el nombramiento de una tía paterna de doña María como su defensor judicial, a fin y efectos de poder aceptar la herencia de su padre.

El Ministerio Fiscal, en su informe:

Informa favorablemente en cuanto al otorgamiento de la medida cautelar solicitada.

Se opone a la petición de incapacitación, en tanto y en cuanto no se acrediten los requisitos legales para la procedencia de la incapacitación.

2.3.- Argumentos

La parte demandante justifica su escrito de demanda en base en los siguientes argumentos:

Doña María se encuentra aquejada de un “síndrome de down” de tipo congénito e irreversible, el cual afecta profundamente sus procesos intelectuales y volitivos y la incapacita para desarrollar una vida normal, precisando una atención médica y psicológica continuada.

La mencionada enfermedad es de carácter permanente e irreversible, y conlleva a la necesidad de proceder a declarar su incapacitación total.

Respecto a la autonomía personal, la presunta incapaz goza de una autonomía muy limitada, necesitando la ayuda y supervisión de sus padres para desarrollar su vida cotidiana. Para desplazarse suele ir acompañada y únicamente deambula sola por lugares muy conocidos y pre-enseñados.

Respecto a la autonomía patrimonial, carece de ella puesto que no conoce el valor del dinero, necesitando por lo tanto de la ayuda de su madre para que le administre el dinero y los bienes que pueda recibir.

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