En una reciente sentencia, el Tribunal Supremo ha declarado la improcedencia de un despido por no acreditarse la falta de liquidez que justificaría no poner a disposición del trabajador la indemnización legal. Asímismo, tampoco se admite un nuevo despido efectuado transcurrido el plazo de 7 días recogido en el artículo 110.4 de la LRJS. Se concluye que […]