La principal incidencia práctica, es la previsión contenida en el art. 19, en su apartado primero “La autorización de residencia por reagrupación familiar de la que sean titulares el cónyuge e hijos reagrupados cuando alcancen la edad laboral, habilitará para trabajar sin necesidad de ningún otro trámite administrativo.” Es decir, que tanto los familiares que […]