I.- Regulación legal En principio, una vez nacida la responsabilidad penal, por la ejecución de una conducta típicamente antijurídica y personalmente imputable, su consecuencia es ser punible. Pero, tal y como señala Conde-Pumpido Ferreiro, una cosa es el hecho punible ñesto es, susceptible de penañ, y otra el acto penado, ya que pueden darse […]