Una sentencia del TJUE de fecha 3 de septiembre de 2015, en el asunto C-110/14, así lo establece, concluyendo que una persona física que ejerce la abogacía y celebra con un banco un contrato de crédito, sin que en él se precise el destino del crédito, puede considerarse «consumidor» con arreglo la Directiva 93/13/CEE del […]