Para que pueda decretarse una medida cautelar resulta imprescindible que exista un riesgo racionalmente previsible, con carácter objetivo, de que la parte demandada pudiera aprovecharse de la duración del proceso para hacer inefectiva la tutela judicial que podría otorgarle la sentencia resolutoria de la contienda o, bien, que se prevea al advenimiento de situaciones concretas […]