Una importante Resolución de la Dirección General del Registro y del Notariado, de 13 de enero de 2015, establece que es válida una junta celebrada cuya comunicación de la convocatoria se haya realizado por correo electrónico, cuando los estatutos de la sociedad recogieran: “La convocatoria se comunicará a los socios a través de procedimientos telemáticos, […]