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Noticias Jurídicas

Acusaciones y defensas se plantean recurrir el fallo de la macroestafa Arbistar en el Tribunal Supremo

Los afectados cobrarán su indemnización en bitcoins una vez la sentencia sea firme, algo novedoso en este tipo de asuntos

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo tendrá la última palabra sobre la macroestafa de Arbistar. (Imagen: Poder Judicial)

Luisja Sánchez

Periodista jurídico




Tiempo de lectura: 8 min

Publicado




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Acusaciones y defensas se plantean recurrir el fallo de la macroestafa Arbistar en el Tribunal Supremo

Los afectados cobrarán su indemnización en bitcoins una vez la sentencia sea firme, algo novedoso en este tipo de asuntos

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo tendrá la última palabra sobre la macroestafa de Arbistar. (Imagen: Poder Judicial)

La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, en una sentencia 17/2025 de 16 de septiembre de más de 170 páginas y firmada por los magistrados Francisco Javier Vieira, Jesús Eduardo Gutiérrez y Carlos Francisco Fraileha, condena a penas de 8 y 6 años de cárcel a dos fundadores de la web Arbistar que estafaron, entre 2019 y 2020, un total de 200 millones de euros a 32.000 personas que invirtieron en criptomonedas a través de dicha plataforma.

En la sentencia, los magistrados de la Sección Tercera imponen una pena de 8 años de cárcel a Santiago Fuentes Jover por delitos continuados de estafa y falsedad en documentos privados y 6 años al acusado Diego Felipe Fernández Nojarova, por el primero de los delitos.

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En cambio, absuelve a los otros cuatro acusados de los delitos de estafa, organización criminal y falsedad documental que les atribuían la Fiscalía y las acusaciones. Y absuelve también a Jover y a Fernández Nojarova de organización criminal y a, este último, además, de estafa.

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Las penas poco contundentes y estas absoluciones abren la puerta a que varias acusaciones recurran el fallo ante el Tribunal Supremo. Por su parte las defensas de los encausados podrían plantearse recurrir y plantear nulidad de actuaciones para lograr la absolución de sus representados.

Para los magistrados, los hechos  encajan en delito continuado de estafa y delito continuado de falsedad en documentos privados. La Audiencia Nacional absuelve a todos los acusados del delito de organización criminal porque únicamente considera acreditada la participación en la estafa de dos de los acusados, Santiago Fuentes Jover y Diego Felipe Fernández, ambos en concepto de autores. Por tanto, no concurren los requisitos de la organización criminal, que se define en el Código Penal como la agrupación formada por más de dos personas, con carácter estable o por tiempo indefinido y que de manera concertada se reparten las tareas o funciones para cometer delitos.

El fallo judicial de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional por ésta macroestafa no convence ni a acusaciones, ni a los abogados defensores. (Imagen: Poder Judicial)

El fallo acuerda que los dos condenados, en concepto de responsabilidad civil, indemnicen a las personas que se incluyen en el listado aportado por el Ministerio Fiscal y que suman un total de 9.494 perjudicados. Igualmente se acuerda la clausura permanente de la página web www.ARBISTAR.com/es, que fue la utilizada para la comisión del fraude.

Esta indemnización, como ya explicamos en Economist & Jurist en otra crónica, se hará cuando la sentencia sea firme y en bitcoins. Los expertos consultados por este medio creen que este fallo judicial será clave en otros procesos similares también judicializados, aunque por lo que comentan esperaban una mayor contundencia en esta sentencia de la Audiencia Nacional.

Las acusaciones, contrariadas

El despacho del exfiscal Carlos Aránguez es la acusación que más afectados aglutina, en total, 3.829 víctimas de esta estafa. “Es la primera sentencia que se dicta en España sobre fraudes piramidales con criptomonedas. Ahora en la Audiencia Nacional hay otros asuntos como los de las plataformas de criptomonedas FX Winning, Nimbus o Kuailian, Creo que la sentencia deja claro que hay una estafa y no es ningún modelo de negocio. Uno de sus lemas para atraer a las víctimas era ‘Ganar es la única opción’ que aparecía en su web. La sentencia acredita que perder era la única opción”, señala Aránguez a E&J.

Para este jurista la sentencia “ha condenado solamente a la cúpula dirigente. De los tres fundadores, uno está en ignorado paradero, otro en prisión preventiva y otro, Diego Felipe Hernández, al que se condena a seis años. Nosotros hemos pedido su ingreso en prisión tras este fallo judicial. Los cuatro colabores han quedado absueltos. No es una buena noticia. Vamos a recurrir la sentencia porque pensamos que podría ser más dura. Hay un delito continuado de estafa. Vamos a pedir que se aplique el concepto de organización criminal y el delito máximo de estafa y se eleven las penas. Nosotros no vamos a pedir la nulidad de la sentencia porque eso supondría no poder pedir la ejecución provisional”.

Carlos Aránguez confirma que su despacho pedirá que se amplíen las penas por ser una estafa agravada. (Imagen: Aranguez Abogados)

Al mismo tiempo Aránguez recuerda que “existe una pieza separada de blanqueo sobre Arbistar. Todas estas personas que han sido absueltas por la estafa, van a ser imputados por ser testaferros en este asunto de blanqueo, y ahí es donde vamos a insistir porque ahí es donde está el dinero. Esta pieza es importante por la averiguación de bienes. Al mismo tiempo el artículo 301 del Código Penal nos permite imponer penas de hasta 6 años de prisión. Cada acción de blanqueo y de transmisión patrimonial supone renovar el plazo de 10 años de prescripción. Mario Conde, 30 años después, aún tiene problemas de imputación sobre blanqueo de capitales”.

Carlos Aránguez recuerda que Santiago Fuentes, cabecilla de la trama, en prisión provisional desde hace dos años, ahora condenado a 8, tiene además pendiente de la citada pieza de blanqueo, otra sentencia por un posible delito coacciones sobre un intermediario. La Audiencia Provincial de Barcelona le condenó en junio del 2023 a un año de cárcel, este asunto está ahora el en TSJ de Cataluña recurrido. Este procedimiento acabará en el Supremo, creo que la existencia de organización criminal es clara, aunque haya un fugado, porque había una jerarquía y distribución de funciones”.

Aránguez está satisfecho de la compensaciones a las víctimas que se han fijado en bitcoins, la primera vez en una sentencia que se hace algo así, lo que generará grandes compensaciones.

Penas bajas en una estafa grande

Por su parte, Miguel Ángel Fernández-Salinero, portavoz de otra acusación mayoritaria, cree que “la penalidad que plantea el tribuna de Arbistar es baja en comparación a la magnitud de le estafa. A Santiago Fuentes 8 años; lleva ya cumplidos dos, con lo cual el tercio de pena lo tiene fácil para asumir las ventajas del tercer grado. Le sale a cuenta cumplir lo que le queda, con lo cual estaría en la calle en poco tiempo y sin resarcir nadie. La pena a Diego Felipe es baja y sorprende la absolución del resto. La parte positiva del fallo es la ordenación de la compensación de la responsabilidad civil en bitcoins. Se parte de la cantidad entregada por cada perjudicado deduciendo el importe recibido por cualquier concepto”.

De esta forma “el valor de los bitcoins es la media de la cotización media a fecha de sentencia, no de ejecución de sentencia, eso es importante. Este tema es importante para completar mi tesis doctoral sobre estafas piramidales en criptomonedas que defenderé a finales de año. En esa defensa hablaré del caso Arbistar y de la sentencia. Me esperaba una sentencia más amplia. Las penas son bajas para el calado de la estafa, en estos momentos la mayor estafa piramidal en la historia de España. Hay más de 9.000 afectados y cerca de 200 millones defraudados. Por eso es necesario un tipo específico de estafa piramidal para una mejor aplicación de la pena. No estamos contentos con la sentencia. Es previsible que haya recurso”.

Miguel Ángel Fernández-Salinero ve las penas del asunto bajas pese a la trascendencia del mismo. (Imagen: cedida)

Este experto cree que la sentencia no deja contento a nadie: “Las defensas de los imputados pedirán su absolución desde la nulidad de actuaciones; en el caso de las acusaciones consideramos que ese fallo no nos convence, solo han condenado a dos de los encausados y eso evita la organización criminal. La penología que se ha implementado a los acusados creemos que es escasa. Yo esperaba un mínimo de 12 años para Santiago y para Diego Felipe. Esta sentencia viene a decir que realizar estafas piramidales es muy barato desde el punto de vista penológico. Sin ese tipo especifico de estafa piramidal todo queda en las manos del juez y la carga probatoria subjetiva que haya analizado”.

Los recursos llegarán a la Sala Penal del Tribunal Supremo, en algo más de un año habrá sentencia. Miguel Ángel Fernández-Salinero hace un cálculo aproximado de las indemnizaciones en bitcoins que percibirán los afectados cuando la sentencia sea firme: “A día de hoy el etc. esta sobre los 98.565,10 euros, en dólares es 116.600. Eso supone que un afectado medio podría percibir 118 etc. que serían 11.626,419,11 euros. Quien tenga 100 btc. podría recibir cerca de 9 millones de euros. Según ha dicho el juez, las cantidades se van a dirimir en ejecución de sentencias. Habrá que ver si pueden abonar esas cantidades los investigados a los que le queda pendiente otra pieza por blanqueo de capitales”.

Otra acusación

Desde Valencia, el abogado Jesús P. López lidera otra acusación de este macrocaso Arbistar. “De una primera lectura, esperábamos que fuera más contundente en sus penas a los acusados. La mayor parte de la extensa sentencia de esta Sala Penal de la Audiencia Nacional es para explicar el funcionamiento de esta plataforma online. Hay poca argumentación jurídica. No se habla de las actividades de arbitraje que realizaba esta entidad para multiplicar las cantidades de los afectados. Ni tampoco de cómo acometen operaciones de ballena con el dinero que tenían”, señala a E&J este jurista.

Para López, “al final esta trama no está tratada como una estafa electrónica, sino como una estafa convencional, de toda la vida. Sobre la necesidad de crear un tipo especifico penal para las estafas piramidales de criptomonedas, este tipo de cuestiones creo que puede dar problemas. No sería necesario. Creo que estamos ante una estafa con agravantes claramente. No puede ser igual estafar a una víctima, como a los más de 9.000 de esta trama”.

Jesus P. López echa en falta en la sentencia más argumentación jurídica para respaldar el fallo de esta sentencia. (Imagen: Abogado Amigo)

En su opinión “la sentencia es algo decepcionante en su resultado final con solo dos del total de los acusados que irán a la cárcel con penas entre 8 y 6 años. Poca condena para la extensión del año a estos afectados. Siendo el primer fallo que emite un tribunal sobre este asunto llama la atención. En el caso de Fuentes con dos años cumplidos de prisión estaría cerca del tercer grado en otro par de años. Parece por tanto un negocio redondo para algunos este tipo de estafas. Sus señorías podrían haber utilizado algunas de las agravantes que planteamos las acusaciones en el juicio sin ir a ese tipo específico penal”.

Esta acusación estudiará si recurren la sentencia por los motivos antes aludidos en esta conversación. “El asunto acabará en la Sala Penal del Supremo. Las defensa de los acusados recurrirán. En el juicio su estrategia era buscar aspectos técnicos para buscar la nulidad de actuaciones y la absolución de sus representados. El Supremo no podrá revisar la prueba, pero si que debería tener mucho que decir en este asunto” —explica Jesús P. López—. “En cuanto al tema de la indemnización no está mal lo que ha hecho, decir que se valora a fecha de sentencia, pero aun así ese razonamiento que hacíamos de no es lo mismo recibir dinero bitcoins que dinero Fiat, en la sentencia solo se habla de dinero bitcoin, pero no se plantea alternativa en el caso que no se pueda hacer”.

Para este abogado “en el caso que los acusados tengan una wallet con los fondos adecuados es lógico que restituyan el dinero perdido a cada una de las víctimas, descontando intereses y lo que hayan recibido. En el caso de que haya una wallet con 90.000 bitcoins para pagar a la gente que pusieron estos bitcoins van a venderlos para luego pagarles. Los que perdieron ese dinero quieren que se les de aquello que se está vendiendo. No sabemos cómo se va a vender estos bitcoins en ejecución de sentencia. No será fácil. La estafa es sobre unos bitcoins que han perdido las víctimas. Es otro elemento no de todo bien organizado como puede verse en el fallo judicial”.

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