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Noticias Jurídicas

Control horario: las nuevas obligaciones para la empresa

El Gobierno prevé que el nuevo registro horario entre en vigor a principios del año 2026

(Imagen: E&J)


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Control horario: las nuevas obligaciones para la empresa

El Gobierno prevé que el nuevo registro horario entre en vigor a principios del año 2026

(Imagen: E&J)

En España desde 2019 (Real decreto Ley 8/2019) las empresas están obligadas a controlar el horario de entrada y salida de sus trabajadores. El Gobierno de España ha anunciado a través de su vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, la iniciativa de aprobar un nuevo sistema de registro horario vía decreto.

Este nuevo registro horario, tras la aprobación urgente en Consejo de ministros del 30 de septiembre último, se calcula que entrará en vigor a principios del año 2026, una vez se hayan evacuado positivamente los informes preceptivos y se haya procedido a su publicación en el BOE.

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Este nuevo registro horario comportará las siguientes nuevas obligaciones para las empresas:

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  1. El registro deberá realizarse totalmente de forma digital. Quedarán eliminados los métodos manuales como hojas en papel o Excel.
  2. El sistema deberá permitir el acceso remoto a los trabajadores y a la Inspección de Trabajo.
  3. El registro deberá incluir el control de pausas y horas extras.
  4. Salvo casos excepcionales en los que no exista alternativa, no se permite utilizar sistemas biométricos como huella o reconocimiento facial por motivos de seguridad y privacidad.
  5. Se incrementan las sanciones por incumplimientos, pudiendo llegar a ascender a 10.000 euros por trabajador afectado en los supuestos más graves.

Teniendo en cuenta la alta probabilidad de que el actual Gobierno en 2026 siga operativo, es prudente recomendar a las empresas que se preparen e inicien los trámites correspondientes para implementar un software de registro horario digital que cumpla las nuevas funciones que exigirá la nueva normativa, que con casi toda seguridad entrará en vigor a principios del próximo año.

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