El Tribunal Supremo acepta la abstención del magistrado ponente del recurso de Joaquim Torra
GRAF8554 BARCELONA 16 05 2018 - El presidente de la Generalitat Quim Torra durante la concentracion convocada hoy en la plaza de la Catedral de Barcelona para reclamar la libertad de los soberanistas en prision que consideran presos politicos coincidiendo con el septimo mes de la entrada en prision de Jordi Sanchez y Jordi Cuixart en la carcel de Soto del Real EFE Alejandro Garcia
El Tribunal Supremo acepta la abstención del magistrado ponente del recurso de Joaquim Torra
GRAF8554 BARCELONA 16 05 2018 - El presidente de la Generalitat Quim Torra durante la concentracion convocada hoy en la plaza de la Catedral de Barcelona para reclamar la libertad de los soberanistas en prision que consideran presos politicos coincidiendo con el septimo mes de la entrada en prision de Jordi Sanchez y Jordi Cuixart en la carcel de Soto del Real EFE Alejandro Garcia
- En el marco de esta pieza de abstención, el Pleno de la Sala Segunda ha dictado otro auto en el que acuerda inadmitir a trámite la recusación planteada por Torra contra once magistrados de esta Sala, a quienes correspondía resolver la petición de abstención
El Pleno de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha dictado un auto en el que tiene por aceptada la abstención presentada por el magistrado Miguel Colmenero como ponente del recurso de casación interpuesto por el presidente de la Generalitat, Joaquim Torra, contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que le condenó por un delito de desobediencia cometido por autoridad o funcionario público a un año y medio de inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos electos, ya sean de ámbito local, autonómico, estatal o europeo, y al pago de una multa de 30.000 euros. El magistrado ponente solicitó apartarse del caso al haber sido designado miembro de la Junta Electoral Central.
En el marco de esta pieza de abstención, el Pleno de la Sala Segunda ha dictado otro auto en el que acuerda inadmitir a trámite la recusación planteada por Joaquim Torra contra once magistrados de esta Sala, a quienes correspondía resolver la petición de abstención.
En su auto, afirma que la recusación es “extemporánea” y se funda en “causas que se invocan de manera arbitraria, que no guardan relación con el objeto del pleito o causa, que no es otro que un incidente de abstención, y su concurrencia es descartable ab initio si tenemos en cuenta que no comprometen la imparcialidad de los magistrados que se han de limitar a decidir si estiman justificada una abstención”.
Añade que la recusación se plantea contra toda la Sala de lo Penal en el seno de un incidente, por lo que, de acuerdo con distintas resoluciones del Tribunal Constitucional, “carece de sustantividad jurídica y no es acreedora de una decisión sobre el fondo”. Por ello rechaza de plano la admisión a trámite de la recusación.
T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Penal
Auto núm. /
Fecha del auto: 01/07/2020
Tipo de procedimiento: RECURSO CASACION
Número del procedimiento: 203/2020
Fallo/Acuerdo: Auto Texto Libre
Ponente: Excmo. Sr. D. Andrés Martínez Arrieta
Procedencia: T.S.J.CATALUÑA
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Josefa Lobón del Río
Transcrito por: GM Nota:
Resumen
AUTO ABSTENCIÓN. SE TIENE POR ACEPTADA
RECURSO CASACION núm.: 203/2020
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