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El TSJ de La Rioja justifica el despido de un empleado que insultó a su empresa

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El TSJ de La Rioja justifica el despido de un empleado que insultó a su empresa

(Imagen: E&J)



El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja considera que el despido disciplinario de un conductor de autobuses que escribió en el libro de ruta frases del estilo de «puta empresa explotadora» está justificado. El Tribunal estima que este tipo de expresiones son «descalificatorias, insultantes, injuriosas o vejatorias» y que atentan contra la honorabilidad de la compañía, de sus trabajadores y de sus dirigentes. «Puta empresa explotadora» no fue la única frase que el conductor anotó en el libro de ruta arremetiendo contra la empresa, también podían leerse frases como «esto está lleno de hijos de puta», o «qué cerdada», en referencia al servicio que realizaba un día concreto.

El Tribunal no estimó que hubiera circunstancias que pudiesen atenuar el comportamiento del empleado, ya que éste ni iba a ser despedido ni la empresa se encontraba en una situación económica grave.



De forma extemporánea en el escrito de formalización de recurso el trabajador alegó que tenía exceso de trabajo y estaba molesto por los cambios de servicio, motivo por el cual el TSJ no pudo examinar estas circunstancias con anterioridad, reprochándole al empleado que debiera haber hecho notar estas circunstancias con anterioridad.

El empleado sólo reconoció ser el autor de la expresión «qué cerdada», y al ser los escritos anónimos, la empresa tuvo que encargar una prueba pericial caligráfica, tras la cual quedó claro que el autor había sido el conductor despedido. No obstante, el trabajador alegó que al no haber realizado esta prueba al resto de trabajadores de la empresa, no había ninguna prueba concluyente de su culpabilidad, por lo que debía respetarse la presunción de inocencia.



La Sala estima finalmente que no era necesario realizar esta prueba a toda la plantilla, ya que el perito tomó como punto de referencia la expresión «qué cerdada», cuya autoría sí había reconocido el trabajador. Así como que el despido era procedente.



Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja de fecha 09 de septiembre de 2010, recurso nº 216/2010.

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