IRPH: La jurisprudencia del Tribunal de Justicia cierra el margen de interpretaciones sorprendentes
El Tribunal Supremo afronta el reto de aplicar los criterios europeos sin crear una doctrina única para todos los casos
(Imagen: TJUE)
IRPH: La jurisprudencia del Tribunal de Justicia cierra el margen de interpretaciones sorprendentes
El Tribunal Supremo afronta el reto de aplicar los criterios europeos sin crear una doctrina única para todos los casos
(Imagen: TJUE)
Leemos que el próximo día 1 de octubre se pronunciará nuestro Tribunal Supremo sobre el eventual carácter abusivo de la cláusula relativa al índice IRPH y, desconociendo en qué sentido se pronunciará, y respetando otras opiniones, tenemos claras dos cosas: por un lado, que la reciente STJUE C-300/23, de 12 de diciembre de 2024, cierra un círculo que deja muy poco margen para sorprendentes interpretaciones y, por otro, que se pronuncie en el sentido en que se pronuncie nuestro Tribunal Supremo, la resolución que dicte no creará una doctrina única directamente aplicable en las controversias en curso y en las que en un futuro puedan iniciarse, pues la casuística es tan variada que cada caso va a requerir de una valoración absolutamente individual.
Así las cosas, una visión conjunta de todas las resoluciones del Tribunal de Justicia, STJUE C-125/18, ATJUE C-655/20, ATJUE C-79/21, STJUE C-265/22 y STJUE C-300/23, nos lleva a concluir que, en esencia, el control de transparencia se centra en tres valoraciones.
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