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Noticias Jurídicas

La CNMC sanciona a RTVE con más de 500.000 euros por incumplir la normativa audiovisual en materia de publicidad

La cadena pública no identificó correctamente determinadas comunicaciones comerciales y emitió publicidad de bebidas alcohólicas fuera del horario permitido

(Imagen: RTVE)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 2 min



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La CNMC sanciona a RTVE con más de 500.000 euros por incumplir la normativa audiovisual en materia de publicidad

La cadena pública no identificó correctamente determinadas comunicaciones comerciales y emitió publicidad de bebidas alcohólicas fuera del horario permitido

(Imagen: RTVE)

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado con 512.168 euros a la Corporación de Radio y Televisión Española, S.A., por incumplir la Ley General de Comunicación Audiovisual en materia de publicidad al no identificar correctamente determinadas comunicaciones comerciales y emitir publicidad de bebidas alcohólicas fuera del horario permitido.

No obstante, finalmente el importe abonado ha quedado fijado en 307.300 euros tras aplicar una reducción del 20% sobre el importe total de la sanción propuesta y de que RTVE reconociera voluntariamente su responsabilidad y realizara el pago anticipado.

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Según la resolución de la CNMC (disponible en el botón ‘descargar resolución’), una de las infracciones de la normativa de publicidad cometida por RTVE se cometió cuando se promocionaron vinos en el programa de La 1 MasterChef, emitiéndose dicha promoción durante la franja matinal, concretamente, las comunicaciones comerciales aparecieron entre aproximadamente las 10:42 y las 13:55 horas. En la emisión se veían botellas de vino, copas de vino, brindis realizados durante el programa y referencias a la vinoteca oficial de MasterChef. A este respecto, la CNMC considera que tales imágenes son comunicaciones comerciales con finalidad promocional.

La Ley General de Comunicación Audiovisual establece que las comunicaciones comerciales de bebidas alcohólicas con una graduación igual o inferior a 20 grados únicamente pueden emitirse entre las 20:30 y las 5:00 horas —con ciertas excepciones— y además, esta publicidad debe incorporar un mensaje específico sobre consumo moderado y de bajo riesgo.

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Sin embargo, RTVE ni respetó el horario permitido para la emisión de publicidad de bebidas alcohólicas, ni incorporó el correspondiente mensaje sobre consumo moderado y de bajo riesgo.

(Imagen: E&J)

Por otro lado, el segundo hecho que ha motivado la resolución sancionadora por parte de la CNMC a la cadena pública corresponde a la ausencia de identificación de determinadas comunicaciones comerciales incluidas también el programa televisivo MasterChef emitido en La 1. Concretamente, durante ciertas emisiones aparecieron promociones relacionadas con productos y servicios vinculados a la marca MasterChef, como el restaurante, la aplicación oficial, los campamentos, libros de cocina o el videojuego oficial.

Esas comunicaciones se realizaron dentro del propio espacio televisivo, mediante los presentadores o sus voces, sin que se incorporase una sobreimpresión permanente y legible con la palabra “publicidad”, tal y como obliga la Ley General de Comunicación Audiovisual.

Para la CNMC, el hecho de integrar esas promociones relacionadas con productos y servicios vinculados a la marca MasterChef dentro del formato del programa sin incorporar la citada advertencia obligatoria, podía dificultar que el espectador identificara su naturaleza comercial.

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