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La UE aprueba la normativa que luchará contra la morosidad en las operaciones comerciales

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La UE aprueba la normativa que luchará contra la morosidad en las operaciones comerciales

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La Unión Europea ha aprobado de forma definitiva la nueva norma comunitaria para luchar contra la morosidad en las operaciones comerciales, según la cual, empresas y sector público tendrán que pagar a sus proveedores en un plazo máximo de 30 días.

Ahora, los Estados miembros disponen de un plazo de dos años para trasladar la directiva a sus respectivas legislaciones nacionales.



La norma pretende garantizar que las pequeñas y medianas empresas no se enfrenten a más problemas económicos debido al retraso en el pago de facturas de autoridades públicas y grandes compañías.

En el caso de las autoridades públicas, el periodo de pago podrá alargarse más allá de 30 días únicamente en circunstancias excepcionales, aunque no podrá pasar de 60 días bajo ninguna cirscunstancia y además será necesario que presenten una justificación para cualquier prórroga.



En el caso de centros hospitalarios, los Estados miembros podrán fijar plazos de pago distintos de hasta 60 días. Esta excepción se ha contemplado atendiendo a la naturaleza específica de estos centros, ya que suelen financiarse mediante reembolsos, en virtud de los sistemas de seguridad social.



Para los pagos de empresa a empresa, en el caso de que ambas estuvieran de acuerdo, se podrá establecer un plazo de 60 días. El plazo será de 30 días a no ser que en el contrato se especifique otro distinto. El periodo de pago podrá extenderse más allá de 60 días sólo si hubiera un acuerdo expreso entre acreedor y deudor y si éste no es extremadamente injusto para el acreedor.

Si un pago se retrasa el interés de demora se fija en el tipo de referencia más un 8 por ciento. Se ha acordado asimismo entre la Eurocámara y los Veintisiete una cantidad fija de 40 euros como compensación por los costes de recuperación.

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