Los daños por incendio forestal fortuito no podrán reclamarse sin seguro
El seguro de incendios no cubre, salvo que se encuentre expresamente recogido, el incendio en los valores mobiliarios públicos o privados

(Imagen: E&J)
Los daños por incendio forestal fortuito no podrán reclamarse sin seguro
El seguro de incendios no cubre, salvo que se encuentre expresamente recogido, el incendio en los valores mobiliarios públicos o privados

(Imagen: E&J)
Un verano más, nuestro país vuelve a sufrir los efectos del fuego, y son numerosos los ciudadanos afectados por el daño que han sufrido sus viviendas, vehículos y tierras. Por este motivo, Legálitas explica algunos aspectos a tener en cuenta de cara a las futuras reclamaciones de las personas afectadas por los incendios.
Cobertura ante un incendio
Si se produce un incendio, hay daños en nuestra propiedad y se tiene una aseguradora con cobertura de incendio, bien de una casa, de un coche o de una finca, será asumida por la cobertura de incendio de la aseguradora. De este modo, en el caso de tener una póliza de seguros que cubra el riesgo de sufrir un incendio, se podrá dar el oportuno parte (para lo que tendremos un plazo de siete días, salvo que en póliza se hubiera fijado un plazo más amplio) y, de ser posible, intentar aminorar las consecuencias, conservar lo que se pueda para que el perito efectúe las verificaciones y valoraciones necesarias (siendo recomendable obtener reportaje fotográfico de lo que no se pueda conservar) y de surgir de forma posterior alguna controversia respecto a la cuantificación, preexistencia o incluso propia cobertura poder efectuar la reclamación al seguro.
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