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Noticias Jurídicas

Los pasajeros afectados por los fallos de Rodalies que viajaron en autocar, lo hicieron con conductores que no estaban obligados a cumplir los descansos de seguridad ordinarios

El Ministerio de Transporte publicó el 22 de enero una resolución por las que se exceptuaba temporalmente el cumplimiento de las normas de tiempos de conducción y descansos

(Imagen: Generalitat de Catalunya)

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Los pasajeros afectados por los fallos de Rodalies que viajaron en autocar, lo hicieron con conductores que no estaban obligados a cumplir los descansos de seguridad ordinarios

El Ministerio de Transporte publicó el 22 de enero una resolución por las que se exceptuaba temporalmente el cumplimiento de las normas de tiempos de conducción y descansos

(Imagen: Generalitat de Catalunya)

El Reglamento (CE) nº.561/2006 establece normas sobre el tiempo de conducción, las pausas y los periodos de descanso para los conductores dedicados al transporte por carretera de mercancías y viajeros, entre otras razones, para mejorar las condiciones de la seguridad vial. Con este objetivo en los artículos 6, 7, 8 y 9 del capítulo II del Reglamento referenciado se regulan los tiempos máximos de conducción, pausas y periodos obligatorios de descanso.

Estas medidas de seguridad se adoptaron en su día y se regularon tras comprobar que en muchos accidentes de autocares la fatiga del conductor era un elemento determinante. De ahí el control máximo de períodos de conducción.

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A pesar de esta evidencia, el pasado 22 de enero de 2026, el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible del Gobierno de España publicó una Resolución de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril por las que se exceptúa temporalmente el cumplimiento de las normas de tiempos de conducción y descanso.

Esta excepción al cumplimiento de las  normas de seguridad mencionadas estuvieron vigentes entre las 00.00 horas del miércoles 21 de enero hasta las 23:59 del domingo 25 de enero y se aplicaron exclusivamente a los conductores que participaron en las operaciones de transporte de viajeros de los servicios que fueron requeridos de forma excepcional  como consecuencia de los fallos e interrupción del servicio de transporte ferroviario en la red de cercanías Rodalies del área metropolitana de Barcelona.

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(Imagen: Generalitat de Catalunya)

Es cierto que esta decisión de menguar la seguridad del transporte terrestre de pasajeros por carretera se aplicó de forma excepcional, durante un periodo limitado de tiempo y amparada en el propio texto del Reglamento que lo permite de forma extraordinaria para casos excepcionales. A pesar de que la medida adoptada tuvo cobertura legal, no deja de ser evidente que implica una reducción de la seguridad para los miles de pasajeros que se vieron, por una parte, perjudicados por no poder disfrutar del transporte ferroviario y, a su vez, tuvieron que viajar por sustitución en transporte por carretera con menores medidas de seguridad de las exigidas normalmente.

Parece conveniente que, en situaciones como las sufridas en Barcelona, las autoridades sean capaces de encontrar soluciones transitorias que no minoren la seguridad de los pasajeros afectados.

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