Multado un colegio por crear un correo electrónico a una alumna menor de edad sin el consentimiento de los padres
La AEPD ha sancionado con 10.000 euros al centro educativo por vulnerar varios preceptos legales de la normativa de protección de datos

(Imagen: E&J)
Multado un colegio por crear un correo electrónico a una alumna menor de edad sin el consentimiento de los padres
La AEPD ha sancionado con 10.000 euros al centro educativo por vulnerar varios preceptos legales de la normativa de protección de datos

(Imagen: E&J)
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto una multa administrativa total de 10.000 euros a un centro educativo privado que incumplió varias obligaciones del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), concretamente vulneró los artículos 6.1, 13 y 32 de la citada ley de la Unión Europea.
La resolución sancionadora (disponible en el botón ‘descargar resolución’) llega a raíz de que la madre una menor de 14 años, alumna del centro, interpusiera una reclamación contra el colegio ante la Agencia Española de Protección de Datos.
La reclamante manifestaba que el colegio había creado a su hija menor de edad un correo electrónico sin haber recabado el consentimiento de los tutores para ello, ni para trabajar con un perfil de Clasroom.
Asimismo, la progenitora informaba a la Agencia de que había tenido conocimiento —porque el colegio así se lo comunicó— de que alguien había suplantado la identidad de su hija y se había hecho pasar por ella, escribiendo correos desde la citada cuenta electrónica a diferentes personas, así como accediendo al contenido de su perfil en Clasroom y escribiendo en su nombre. No obstante, a pesar de que fue el colegio quien alertó a los padres de los hechos, el centro no había notificado la brecha de seguridad ni le había dado importancia alguna al hecho.
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