Nuevo Real Decreto de Sanidad en el que se fija en 180 días el límite legal para operarse
Nuevo Real Decreto de Sanidad en el que se fija en 180 días el límite legal para operarse
(Imagen: E&J)
La que hasta hace unos días fuera Ministra de Sanidad, Trinidad Jiménez, y los Consejeros Autonómicos del mencionado Ministerio, han acordado un Real Decreto que fija el límite legal del tiempo máximo de espera que tendrán los pacientes para poder ser operados en cinco tipos de intervenciones: cirugía cardiaca valvular y coronaria, cataratas y prótesis de cadera y rodilla.
Este límite queda fijado en 180 días. El plazo es de obligado cumplimiento y empezará a contabilizarse desde que el paciente queda registrado en la lista de espera. Sin embargo, el nuevo plazo dobla o triplica, según el caso, el tiempo medio de espera que se venía padeciendo en este tipo de intervenciones en las Comunidades Autónomas.
El paciente perderá el derecho de este plazo máximo de espera en el caso de que no escoja entre las alternativas ofrecidas dentro del plazo establecido por el servicio de salud; también en el caso de que rechace los centros que se le ofrecen, si no se presenta a la citación, o si demora voluntariamente la atención sanitaria.
La nueva normativa es pionera, ya que es la primera vez que el Ejecutivo establece una garantía legal de cumplimiento en listas de espera.
Suscríbete a nuestra
NEWSLETTER
Una abogada con 26 años de antigüedad es despedida por teletrabajar nueve días en agosto sin autorización de la empresa
Ver la noticia completa →
Procedente el despido de un trabajador por usar la IA y aprovechar su jornada laboral y los recursos de la empresa para prestar servicios para otras compañías
Ver la noticia completa →

