Sistema de devolución mensual del IVA.
Sistema de devolución mensual del IVA.
(Imagen: E&J)
A partir del ejercicio 2009, los sujetos pasivos del IVA podrán optar por un sistema de devolución de carácter mensual, siempre que reúnan los siguientes requisitos: inscripción en el registro especial de devolución mensual, estar al corriente de obligaciones tributarias, no realizar actividades que tributen por el régimen simplificado y estar inscritos en el servicio de notificaciones en dirección electrónica para todas las comunicaciones con la AEAT, si bien este requisito puede que finalmente sea optativo.
Información facilitada por Bellavista abogados.
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