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TUE dictamina que la prohibición de ventas por Internet puede ser legal

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TUE dictamina que la prohibición de ventas por Internet puede ser legal

(Imagen: E&J)

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado que puede ser legal que una empresa prohíba a sus distribuidores vender sus productos por Internet siempre que esta restricción «esté justificada objetivamente».

   La sentencia se refiere al caso de la empresa cosmética francesa Pierre Fabre Dermo-Cosmétique, responsable de marcas como Klorane, Ducray, Galénic y Avène. Los contratos de distribución de dichos productos precisan que las ventas deben llevarse a cabo exclusivamente en un espacio físico y en presencia de un farmacéutico, limitando de ese modo cualquier forma de venta por Internet.

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   La autoridad francesa de competencia declaró ilegal esta cláusula, pero la empresa recurrió a los tribunales y el caso ha acabado ante el Tribunal de Justicia de la UE.

   «Una cláusula de un contrato de distribución selectiva que prohíbe a los distribuidores de la sociedad Pierre Fabre Dermo-Cosmétique vender sus productos por Internet, constituye una restricción de la competencia por objeto, salvo que dicha cláusula esté justificada objetivamente», señala la sentencia de este jueves.

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   «Tal prohibición no puede beneficiarse de una exención por categorías pero, bajo determinados requisitos, podría acogerse a una exención individual», precisa el Tribunal. Corresponde a los tribunales franceses determinar si Pierre Fabre Dermo-Cosmétique cumple las condiciones. (Fuente:Europapress).

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