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TUE dictamina que la prohibición de ventas por Internet puede ser legal

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TUE dictamina que la prohibición de ventas por Internet puede ser legal



El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado que puede ser legal que una empresa prohíba a sus distribuidores vender sus productos por Internet siempre que esta restricción «esté justificada objetivamente».

   La sentencia se refiere al caso de la empresa cosmética francesa Pierre Fabre Dermo-Cosmétique, responsable de marcas como Klorane, Ducray, Galénic y Avène. Los contratos de distribución de dichos productos precisan que las ventas deben llevarse a cabo exclusivamente en un espacio físico y en presencia de un farmacéutico, limitando de ese modo cualquier forma de venta por Internet.



   La autoridad francesa de competencia declaró ilegal esta cláusula, pero la empresa recurrió a los tribunales y el caso ha acabado ante el Tribunal de Justicia de la UE.

   «Una cláusula de un contrato de distribución selectiva que prohíbe a los distribuidores de la sociedad Pierre Fabre Dermo-Cosmétique vender sus productos por Internet, constituye una restricción de la competencia por objeto, salvo que dicha cláusula esté justificada objetivamente», señala la sentencia de este jueves.



   «Tal prohibición no puede beneficiarse de una exención por categorías pero, bajo determinados requisitos, podría acogerse a una exención individual», precisa el Tribunal. Corresponde a los tribunales franceses determinar si Pierre Fabre Dermo-Cosmétique cumple las condiciones. (Fuente:Europapress).



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