El Tribunal Constitucional: la justicia que place al Príncipe
"El TC ha decidido suicidarse como tribunal de garantías"

Tras cuatro días de deliberación el Pleno del Tribunal Constitucional considera que la amnistía se ajusta a Derecho y rechaza el recurso del PP. (Imagen: Poder Judicial)
El Tribunal Constitucional: la justicia que place al Príncipe
"El TC ha decidido suicidarse como tribunal de garantías"

Tras cuatro días de deliberación el Pleno del Tribunal Constitucional considera que la amnistía se ajusta a Derecho y rechaza el recurso del PP. (Imagen: Poder Judicial)
«Quod principi placuit legis habet vigorem», a saber: «Lo que place al Príncipe, que sea ley». Nuestro actual Tribunal Constitucional (TC) sabe perfectamente qué es lo que place al Príncipe, y ha decidido, en efecto, que sea ley. Ley por encima de otras leyes, de rango constitucional, precisamente pensadas para limitar al Príncipe.
La fuerza normativa y claridad de conceptos de la Constitución se diluyen velozmente en manos de este TC. El texto constitucional pasa a convertirse en algo mucho más parecido a las constituciones meramente programáticas del siglo XIX.
Nada se ha aprendido, pues, del constitucionalismo posterior a la segunda guerra mundial. Podemos casi oír a García de Enterría removiéndose en su tumba, tratando de encontrar su luminoso «el valor normativo de la Constitución Española» (1983) y viendo cómo el TC lo entierra más hondo bajo nuevas paladas de tierra, de palabrería y de completa falta de rigor. Entramos en una época de uso alternativo del derecho constitucional que nos puede conducir —nos ha conducido ya— hasta el completo desleimiento constitucional.
Si trazamos una línea que parte de las sentencias del TC sobre los ERE; pasa por la sentencia de 6 de diciembre de 2024, que enmienda la doctrina sobre el estado de alarma; y llega hasta la sentencia que declara —contra toda evidencia, contra toda lógica, contra todo derecho, contra toda la doctrina— que la Ley de amnistía es una ley constitucional, podremos ver con claridad que el TC ha decidido suicidarse como tribunal de garantías —en suma, como tribunal— y parece querer convertirse a marchas forzadas en un órgano para la emisión de informes de dudoso nivel jurídico que ratifiquen aquello que al Príncipe agrade.
En las sentencias de los ERE, el TC parte de un presupuesto erróneo —que los actos de elaboración de un proyecto de ley no son actos administrativos residenciables ante la jurisdicción contencioso-administrativa—; se apoya, a continuación, en una interpretación extravagante del art. 25 CE; y, tras estas piruetas argumentales, dignas de mejor causa, procede sin complejos resolver como tribunal de apelación penal.
Y eso place al Príncipe.
La sentencia que enmienda la doctrina sobre los estados de alarma, redactada, por cierto, por un ministro del Gobierno que declaró tales estados, afirma que suspender un derecho no es suspenderlo si a la suspensión no se le llama suspensión. Manos libres.
Eso place también al Príncipe.
La sentencia sobre la Ley de amnistía, en fin, considera normal que quien tenga algo que vender al Príncipe pueda hacerlo a cambio de la garantía de su propia impunidad. El Código Penal convertido en mercadería de baratillo. La total prostitución de la ley, siempre que, con recato de ursulina, se esconda el verdadero motivo bajo las faldas de la exposición de motivos. No considera nuestro TC, sin embargo, que el principio de igualdad padezca lo más mínimo por el hecho de que quien nada tenga que ofrecer al poder de turno cumpla sus penas religiosamente. Como debe de ser.
Esto, naturalmente, entusiasma al Príncipe.

(Imagen: Pool Moncloa/José Manuel Álvarez. La Moncloa, Madrid)
El día 26 de junio de 2025 fue un día muy triste. Una institución que nació con los mejores auspicios se ha suicidado y nunca podrá volver a reclamar el respeto que nace de la “auctoritas”. Podrá exigir la obediencia que nace de la “potestas”, pero nada más.
Muchos hemos defendido hasta ahora que el TC, cualquiera fuera su composición, nunca podría declarar constitucional un atropello a los principios más básicos del ordenamiento jurídico constitucional del calibre de la Ley de amnistía. Parecía demasiado para tragar. Nunca se nos ocurrió que se pudiera afirmar que es admisible la Ley simplemente porque el término de comparación, la Constitución, haya dejado de contener verdaderas normas, verdaderos principios aplicables.
Si se disuelve el término de comparación deja de haber posibilidad de comparación y todo puede pasar como constitucional. El uso alternativo del Derecho, que nació como forma de favorecer, desde los tribunales, la promoción de los grupos más desfavorecidos, ha terminado sirviendo para favorecer al poder político cuando así interese. El uso alternativo del Derecho nos ha conducido a la renuncia al Derecho como forma de control del poder. Apuntemos, pues, el día 26 de junio de 2025 en el calendario, pues es el día que puso fin a muchas cosas y dio comienzo a otras que dan miedo.
Nuestro TC abdica de la función de protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos y santifica, con doctrina de nulo nivel jurídico, una deriva del poder público iliberal, autoritaria y enemiga del Estado de Derecho.
Un TC trufado de ministros y directores generales está sirviendo de apéndice al poder político, ratificando medidas que nadie consideró que cupieran dentro de nuestra Constitución hasta que al Príncipe le plació que cupieran.
El Estado de Derecho en España entra en fase de deriva, se dirige con rapidez hacia los arrecifes y en el barco van quedando ya pocos chalecos salvavidas.
