Por qué la Ley d’Hondt es justa para la Mutualidad de Procuradores
"¿Un mutualista, un voto?"
(Imagen: E&J)
Por qué la Ley d’Hondt es justa para la Mutualidad de Procuradores
"¿Un mutualista, un voto?"
(Imagen: E&J)
En todo gran colectivo democrático, tarde o temprano surge el debate sobre la representatividad y los sistemas de votación, y la Mutualidad de Procuradores no se ha librado de ello. Con cierta frecuencia, algunos sectores han defendido la implantación del principio “un mutualista, un voto” como fórmula democrática directa para la toma de decisiones colectivas. Sin embargo, esta propuesta, que puede parecer igualitaria a primera vista, entraña serios riesgos de desproporcionalidad y marginación para los colectivos más pequeños, y la Mutualidad se caracteriza por tener pocas demarcaciones territoriales con muchos mutualistas y una gran mayoría de territorios con muy pocos mutualistas.
Aparentemente democrático, este planteamiento se presenta como una fórmula directa y justa para tomar decisiones en los órganos de representación de la entidad. Sin embargo, más allá de su envoltorio igualitario, este modelo encierra una seria distorsión del principio de proporcionalidad que, lejos de fortalecer la representatividad interna, la debilita profundamente.
La Mutualidad de Procuradores, como entidad de previsión social, se articula sobre la base de la solidaridad y la equidad. No es una asociación al uso ni una organización con fines partidistas, sino que gestiona recursos comunes y derechos profesionales de miles de procuradores en toda España. En este contexto, la forma en que se toman las decisiones no puede basarse únicamente en una noción simplista de igualdad aritmética, sino que debe atender a criterios de representatividad efectiva.
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