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La firma

Trabajando para ofrecer un registro abierto a la sociedad del siglo XXI

"Adaptar la realidad a la doctrina registral"

(Imagen: E&J)

María Emilia Adán

Decana del Colegio de Registradores de España




Tiempo de lectura: 4 min

Publicado




La firma

Trabajando para ofrecer un registro abierto a la sociedad del siglo XXI

"Adaptar la realidad a la doctrina registral"

(Imagen: E&J)

En mayo de 2024, los registros de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles reiniciaron su andadura como registro electrónico.

Esta radical transformación digital pudo llevarse a cabo por el esfuerzo de cada oficina registral, de sus oficiales, auxiliares y demás personal, coordinados por el registrador, quien además lo ha financiado; de los servicios centrales del Colegio Nacional de Registradores, gracias al impulso de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública. La Institución Registral llevaba informatizada, digitalizada… desde hacía muchos años, pero el año 2024 sufrió una transformación radical, al pasar la fe pública al folio electrónico.



Desde la publicación de la ley 11/2023, de 8 de mayo en el BOE, a lo largo del año 2023, se dictaron sucesivas resoluciones por la citada Dirección General encaminadas a preparar el nuevo sistema implantado por la ley. Fueron meses de esfuerzo y trabajo conjunto, que permitieron alumbrar, a tiempo, esta nueva forma de prestar el servicio registral.

El sistema registral, con sus principios y sus efectos, permanece incólume, por lo que la seguridad jurídica sale reforzada en esta nueva adaptación a los tiempos, de un servicio público calificado de esencial. Durante los dos últimos años, el Servicio de Estudios del CORPME ha llevado a cabo una ingente labor para adaptar a la nueva realidad toda la doctrina registral. Una labor necesaria, porque la tecnología auxilia los fundamentos jurídicos de la Institución Registral, no los sustituye. También la Dirección General ha seguido trabajando mediante resoluciones para llevar a cabo esta delicada tarea.

La originalidad de esta transformación registral se manifiesta en el hecho de que no hubo coexistencia de sistemas. El día 13 de mayo, toda tramitación de documentos pasó a ser electrónica, la fe pública solo desplegaba sus efectos a través de los asientos electrónicos. Un cambio radical, atento, no obstante, a no generar ninguna brecha digital. Hoy en día, las oficinas registrales siguen abiertas a los ciudadanos, pero la gestión de sus documentos, una vez se presentan, es íntegramente telemática.

La relación directa de cada ciudadano, de cada profesional, sale reforzada, no solo por mantener la atención personal, presencial o por videoconferencia, sino también por poner a su disposición información sobre la trazabilidad del documento que se ha presentado para su inscripción. Tanto a través de la web, durante la tramitación, como posteriormente, a través de la nota de despacho, puede el interesado conocer las incidencias de su documento, que en algunas ocasiones suponen alargar los plazos de tramitación.

Estamos abiertos a nuevos desafíos, entre los que ocupa un lugar primordial, la seguridad electrónica.

(Imagen: E&J)

El sistema implantado, por decisión del Ministerio de Justicia, está sujeto al Esquema Nacional de Seguridad, no solo el proyecto Réplica, sino todas y cada una de las oficinas registrales. El proyecto Réplica  ha sido certificado por el Centro Criptológico Nacional, en el nivel más alto, y también se han certificado las oficinas individualmente consideradas. Las inscripciones, además de viajar por canales segurizados, son encriptadas en origen, de modo que, solo el registrador titular, puede solicitar el desencriptado.

Este sistema ha sido puesto a prueba en la desgracia provocada en la provincia de Valencia, por la DANA. Todas las titularidades estuvieron protegidas, pudiendo proporcionar a sus titulares notas simples de sus derechos, con carácter gratuito, desde el primer momento, para que pudieran acreditar la titularidad de sus derechos, a los efectos de obtener ayudas para la reconstrucción.

La publicidad registral se ha transformado

En el ámbito mercantil contamos con el portal de open data, en el que se pueden consultar en abierto los datos principales de cualquier sociedad. No obstante, la principal novedad es el nuevo sistema de publicidad dinámica. Las notas simples con información continuada permite a los operadores jurídicos conocer en tiempo real la situación registral, al tiempo de la firma de los documentos, lo que, unido a la posibilidad de su presentación simultánea, proporciona un plus seguridad jurídica a la contratación público y privada, a los mandamientos judiciales y administrativos, entre otros documentos.

Las certificaciones registrales, como documento público que son, se emiten con un CSV, que permite comprobar al usuario la firma electrónica del registrador que la suscribe, sin que el colegio actúe como intermediario, requisito imprescindible dado el valor probatorio que la ley les confiere en juicio y fuera de él.

En un mundo globalizado como el que vivimos, el registro electrónico permite tanto su consulta como la presentación de documentación desde cualquier lugar del mundo.

El registro electrónico sigue siendo un registro con rostro humano, los equipos que conforman las plantillas de las oficinas siguen a disposición del ciudadano, y ningún documento puede acceder a la protección registral sin el control de la legalidad que realiza el registrador, la llamada calificación registral, que el Estado ha conferido en exclusiva a los registradores y que impide que accedan a los beneficios registrales, aquellos documentos que no cumplan con los requisitos legales.

Queda mucho camino por recorrer, somos conscientes de que el registro se perfecciona día a día y por ello queremos agradecer a la ciudadanía y a los profesionales sus esfuerzos por adaptarse a este nuevo sistema, que nos concierne a todos, es de todos.

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