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Práctica Jurídica

Demanda en ejecución provisional de sentencia de condena dineraria dictada en primera instancia

(Foto: E&J)

Iluminado Prieto Curto

Letrado experto en Derechos Humanos.




Tiempo de lectura: 11 min

Publicado




Práctica Jurídica

Demanda en ejecución provisional de sentencia de condena dineraria dictada en primera instancia

(Foto: E&J)



«Procuradores_Propios_Nombre», Procurador/a de los Tribunales, en nombre y representación de don/ña «Clientes_Nombre»,  acreditada comparece bajo la dirección letrada de don Iluminado Prieto Curto (1547 Colegio Abogados de Salamanca) y como mejor proceda en Derecho y dice:

Que por medio del presente escrito, se formula Demanda de Ejecución Provisional de Título Judicial con carácter solidario/mancomunado, TITULO QUE SE EJECUTA frente a don/ña  «Contrarios_Nombre» domiciliado en DOMICILIO, NIF xxxxx



Hechos

Primero. Origen del título judicial ejecutado

Identificación de la sentencia. Lo que haya que decir con relación a la sentencia, fundamentalmente, si hay pluralidad de ejecutados, si la condena es solidaria o mancomunada. Esto condicionará la redacción de la demanda.

Segundo. Notificación de la resolución en que se tiene por interpuesto recurso de apelación

Identificación de la resolución que comunica la interposición del recurso de apelación y fija el término para el escrito de oposición o de impugnación de la sentencia en lo que le perjudique. No hay motivo para pensar que no quepa la ejecución provisional del pronunciamiento a su favor en la sentencia de condena (art. 527.1 LEC) y la impugnación de la sentencia en lo que le perjudique (art. 461.1 LEC).



Tercero. Cuantía por la que se ha de despachar la ejecución

El fallo de la sentencia fija la condena dineraria de la siguiente forma xxxxxx.



Atendiendo a lo indicado en el art.  531 LEC – cantidad a la que hubiese sido condenado, más los intereses correspondientes y las costas por las que se ha de despachar la ejecución-, es de aplicación lo dispuesto en el artículo 575.1 LEC, correspondiendo el despacho de la ejecución en la suma de la cantidad de  xxxxx € de principal e intereses ordinarios y moratorios vencidos, incrementada en el 30% para hacer frente a los intereses y costas d esta ejecución, atendiendo a los siguientes cálculos (art. 575.3 LEC) realizados de conformidad con lo dispuesto en el artículo 576.1 LEC, a los efectos de los intereses de mora desde sentencia hasta la demanda de ejecución :

Cuarto. Aplicación la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen Medidas de Lucha contra la Morosidad en las operaciones Comerciales.

Si la parte ejecutada es empresaria, es de aplicación la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen Medidas de Lucha contra la Morosidad en las operaciones Comerciales

Indemnización por costes de cobro: Con base  en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen Medidas de Lucha contra la Morosidad en las operaciones Comerciales y en la STS de 17 de octubre de 2017, Roj:

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