Señala el artículo 1316 del Código Civil (CC) que “a falta de capitulaciones o cuando éstas sean ineficaces, el régimen será el de la sociedad de...
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N…DE…. DON……………, Procurador de los Tribunales, en nombre de DOÑA ……………. representación que acredito con la escritura de Poder que acompaño...