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Entrevistas

Antonio Javier Pérez, magistrado: “La validez de la procedibilidad de los MASC va a estar en manos del Constitucional”

Este juez acaba de publicar una monografía completa sobre los MASC y el debate que hay en la abogacía sobre su requisito de procedibilidad

Javier Pérez Martín, un magistrado volcado hacia el Derecho de Familia que ha realizado un trabajo monográfico sobre los MASC. (Imagen: cesión propia)

Luisja Sánchez

Periodista jurídico




Tiempo de lectura: 7 min

Publicado




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Antonio Javier Pérez, magistrado: “La validez de la procedibilidad de los MASC va a estar en manos del Constitucional”

Este juez acaba de publicar una monografía completa sobre los MASC y el debate que hay en la abogacía sobre su requisito de procedibilidad

Javier Pérez Martín, un magistrado volcado hacia el Derecho de Familia que ha realizado un trabajo monográfico sobre los MASC. (Imagen: cesión propia)

El magistrado Antonio Javier Pérez, titular del Juzgado de Primera Instancia número 7 de Córdoba, puede presumir de haber incorporado a su admirada y estudiada colección de Derecho de Familia Los libros azules, una monografía sobre los MASC que ya ha tenido su tercera reimpresión y su requisito de procedibilidad en un momento de amplio debate entre los juristas sobre su utilidad.

Para este jurista —autor de la obra Tratado de Derecho de Familia (8 tomos publicados por la editorial Thomson–Lex Nova) y ponente en más de 350 jornadas y congresos de Derecho de Familia y habitual en los Congresos de AEAFA— el trabajo ha sido un reto y “hemos intentado aportar claridad al debate que hay entre los operadores jurídicos. Creo honestamente que ha faltado una campaña de difusión de los MASC para que fueran conocidos por la sociedad, en general, y por los abogados en particular”.



Desde su punto de vista la clave puede estar en el Tribunal Constitucional: “Tendremos en breve las primeras resoluciones de las Audiencias Provinciales porque ya hay algunas demandas que los jueces en los juzgados están rechazando. Aquí el problema que existe es un derecho constitucional de acceso a la justicia, donde habrá que ver si se pueden poner limitaciones con el requisito de procedibilidad, pero a la hora de interpretar esos requisitos hay que tener en cuenta la doctrina del Tribunal Constitucional”.

Haciendo memoria recuerda que “los abogados aprovecharon hasta el 3 de abril —fecha en la que entraban los MASC en funcionamiento— para adelantar miles de demandas en todos los juzgados de España. “No se conocía reamente lo que era el requisito de procedibilidad. A partir de dicha fecha se han presentado pocas demandas y no hemos tenido ocasión de pronunciarnos sobre esta cuestión”, señala Pérez.

Sin embargo, recuerda que “en las reclamaciones de crédito que hacen estas empresas, los llamados fondos buitres, lo que sucede es que en la ley está excluido del MASC el monitorio europeo. Estas empresas lo que han hecho al tener su domicilio en otros países de la Unión Europea; lo que presentaban como monitorio normal en España ahora lo presentan como europeo. Ahora ya estamos dictando resoluciones en las que denegamos la admisión porque decimos que se está utilizando un fraude de ley, como si fuera un conflicto transfronterizo entre dos partes. Lo utilizan para burlar el requisito de procedibilidad que exige para otros monitorios en España”.

El magistrado Javier Pérez es ponente habitual de los eventos de AEAFA. (Imagen: cesión propia)

El miedo a los MASC

Para este magistrado “hay que recordar que cuando salió la Ley el legislador ofrecía 7 tipos de MASC. Tenemos que ser conscientes que una ley no puede cambiar a la sociedad. La sociedad va cambiando por otros motivos. Hasta ahora el 95% de los asuntos pasaban por la negociación directa entre abogados antes de ir al juzgado. Ahora seguirá dicha negociación, pero hay que acreditarla. Junto a ella es posible que se utilice la conciliación judicial, aunque no ha crecido de forma significativa”.

Antonio Javier Pérez, un habitual de las múltiples jornadas que se celebran en todo el territorio nacional por los MASC y su procedibilidad, señala que “lo que están haciendo los abogados es que se están centrando en la negociación directa como tipo de MASC. Esos otros seis MASC están detallados en la obra que acabo de publicar, pero para eso tiene que haber un cambio en la sociedad para que realmente arraiguen”.

El magistrado afirma que “los abogados lo estudian, pero sus clientes no conocen apenas nada de los MASC. Esa campaña la están haciendo los abogados con sus clientes en muchos casos. Su actitud ante los MASC es clave, aunque realmente depende del cliente y de lo que éste quiera hacer”.

Sobre la polémica suscitada por estos métodos extrajudiciales, este juez indica que “todo dependerá de los criterios de las distintas Audiencias Provinciales. Dicho esto, en los procedimientos donde surge más complicación es en los procedimientos de Familia. La ley establece, por un lado, que no se puede transigir sobre temas de menores, con lo cual llevó a la duda de si era aplicable a los procedimientos de Familia. Todas las juntas de jueces y los Letrados de la Administración de Justicia (LAJs) que se han reunido señalan que los MASC son aplicables a los procedimientos de Familia, lo que sucede es que hay algunos procedimientos donde hay dudas y son los relacionados con las medidas provisionales”.

Antonio Javier Pérez muestra en su obra las dos tesis que hay: “Una que señala que no hace falta ir al MASC, y otra que señala que acudir al MASC es obligatorio. Jurídicamente damos los argumentos que sostiene cualquiera de estas tesis. Al mismo tiempo hemos incluido distintos formularios para que se respete el deber de confidencialidad, cuestión que preocupa a los abogados, ya que es uno de los elementos claves de la implementación de los MASC y que más polémica está generando. Sobre este tema decir que he contactado con una serie de profesionales para poder conocer su punto de vista sobre esta cuestión y saber qué puede incluirse o no en la comunicación de un correo electrónico”.

Para este juez de Córdoba será el Tribunal Constitucional quien decida al final sobre la procedibilidad de los MASC. (Imagen: cesión propia)

Confidencialidad y MASC

Para este jurista, “se trata de no vulnerar el derecho a la confidencialidad. En el libro hemos plantado las distintas comunicaciones y cómo hay que hacerlas. Lo fundamental es que la primera comunicación, que sirve para iniciar el inicio de la negociación, tiene que ser muy sintética, incluyendo quienes son las partes, el objeto del procedimiento y que el correo o el burofax que se mande es solo constancia del inicio de la comunicación. Ahí no se puede hablar del fondo del asunto, sino que debe ser un correo para acreditar que se ha iniciado el MASC. De esa manera se respeta la confidencialidad y los abogados no tendrán ningún problema a la hora de enviarlo”.

Este experto subraya que “hay que acreditar el inicio y el final de la negociación. La clave para que no se impugne es iniciar esa primera comunicación y que concluiría con la parte final. En el caso de que no se haya podido negociar con la otra parte porque no se ha puesto en contacto con nosotros, tendrá que acreditarse que enviamos la comunicación y no dijo nada dentro del plazo de 30 días. O que contactó conmigo, pero pese a negociar no llegamos a ningún acuerdo. Eso hay que acreditarlo documentalmente”.

Sobre los comentarios de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA), que piden la suspensión de la norma, Pérez indica que la Ley Orgánica 1/2025 es constitucional y respeta el derecho de la Unión Europea”.

Sobre esta cuestión señala que “hay resoluciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre casos similares en Italia donde se incluye también el requisito de procedibilidad en materia de Consumo. Lo que sucede es que los juzgados están colapsados para un abogado que presenta una demanda que se provee en tres meses y el juicio puede ser en dos años, otro requisito más es complicar aún más todo. Hay que recordar que el Tribunal Constitucional se ha pronunciado sobre la Ley de Vivienda señalado que el legislador puede establecer esas limitaciones. Se trata de no acabar siempre en los procedimientos judiciales”.

Respecto a los acuerdos en los MASC señala que “si hay menores por medio habría que homologarlo judicialmente, pero si es distinto, como un contrato de compraventa, hay que ir a la notaria y tener una escritura pública. En el libro hemos hablado con un notario para que nos aclare las cuestiones que pueden surgir en el momento de suscribir la escritura pública. También intervienen otros profesionales como un mediador, un abogado colaborativo, un experto independiente o a un LAJ que aportan su opinión sobre la procedibilidad de los MASC”.

Este magistrado analiza en su obra la problemática de los MASC y ofrece soluciones en su certificación para el juzgado. (Imagen: cesión propia)

El papel clave del TC

Muchas voces se han oído y han pedido unos criterios para la uniformidad de criterios sobre los MASC en nuestros juzgados y tribunales, “como son resoluciones judiciales. Hay que respetar los recursos que se establecen en la ley frente a un auto de inadmisión porque no se ha producido ese requisito de procedibilidad, cabe un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, y ahí termina el asunto. No se puede acceder al Tribunal Supremo. Eso puede suponer que las 48 Audiencias Provinciales que hay puedan tener criterios disantos. La única manera es acudir al Tribunal Constitucional con un recurso de amparo por vulneración del derecho fundamental a tutela judicial efectiva, artículo 24 de la Constitución Española, y esa sería la solución para resolver este tipo de situaciones”.

En su opinión, “lo ideal sería que esto llegase al Supremo, pero no puede llegar. A medio plazo el Tribunal Constitucional decidirá sobre la viabilidad de los MASC. Primero hay que tramitar el recurso ante la Audiencia Provincial, y una vez que se dicte ese recurso de inadmisión, es cuando se podría ir en recurso de amparo. Ya sabemos que se han interpuesto algunos recursos a algunas de estas Audiencias Provinciales, lo que sucede es que aún no están resueltos”.

Como colofón final Antonio Javier Pérez cree dentro de dos años se habrá olvidado el conflicto de los MASC. Su uso y requisito de procedibilidad ya se habrán asimilado por la comunidad jurídica. Los abogados van a seguir haciendo lo que hacían, la negociación directa, pero ahora hay que documentar. En este libro explicamos como establecer los requisitos para la admisión a trámite de la demanda. Antes había abogados que sin hablar con el cliente presentaba la demanda contra la parte contraria, ahora ya no vale. Hay que intentar negociar antes de presentar la demanda. Nadie recibirá demandas sorpresivas con la implementación de los MASC”.

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